Resolución N° 5040/19
Nro de Expediente:
2019-0018-98-000062
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
21/10/2019


Tema:
ESTRUCTURA ORGANICA

Resumen:
SE INCORPORA A LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO G, ESTABLECIDO POR RESOLUCIÓN Nº 4263/10 15/9/10 Y MODIFICATIVA 4806/10 DE 15/10/10, LA UNIDAD POLIDEPORTIVO COLÓN - VILLA COLÓN.-

Montevideo, 21 de Octubre de 2019.-
 

                         VISTO: que por Resolución Nº 4263/10 de 15 de setiembre de 2010, modificada por Resolución 4806/10 de 15 de octubre de 2010, se estableció la estructura orgánica de los ocho Gobiernos Municipales actualmente existentes en el Departamento de Montevideo;

                        RESULTANDO: 1o.) que a iniciativa del Municipio G se solicita la creación de la Unidad Polideportivo Colón – Villa Colón;

                                                                   2o.) que la creación de esta nueva Unidad dependiente del Municipio G, amplía su estructura orgánica,  haciendo necesaria la creación de un marco que defina sus cometidos;

                         CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales entienden pertinente el dictado de una Resolución en tal sentido;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Incorporar a la estructura orgánica del Municipio G, establecida por Resolución Nº 4263/10 de 15 de setiembre de 2010 y modificada por Resolución 4806/10 de 15 de octubre de 2010, la Unidad Polideportivo Colón – Villa Colón.-

2.- Los cometidos de la Unidad incorporada por el numeral primero de la presente resolución serán:

  1. Promover la participación de personas, grupos y organizaciones en el desarrollo del deporte comunitario en el ámbito local.

  2. Incrementar y diversificar la oferta deportiva de calidad atendiendo las demandas y corrigiendo inequidades.

  3. Favorecer el acceso a las actividades de los ciudadanos residentes en las zonas suburbanas y rural.

  4. Crear y ejecutar programas y actividades para niños, adolescentes, jóvenes, adultos, adultos mayores y personas en situación de discapacidad.

  5. Intervenir como agente de divulgación de las políticas públicas de salud.

3.- Comuníquese a la Junta Departamental, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a la Contaduría General, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Información y Comunicación, a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase a la División de Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos.-


 

 

CHRISTIAN DI CANDIA, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-