Resolución N° 559/23/8000
Nro de Expediente:
2023-8014-98-000221
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
8/11/2023


Tema:
APROBAR BASES

Resumen:
Aprobar las bases para el llamado abierto a espectáculos de Danza Folclórica - Semana Criolla 2024.

Montevideo, 8 de Noviembre de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la aprobación de las bases para el llamado abierto a los colectivos de Danza Folclórica para participar en la Semana Criolla del Prado 2024;
        RESULTANDO: que la Gerencia de Festejos y Espectáculos eleva para su aprobación el texto de los referidos reglamentos;
        CONSIDERANDO: que por Resolución
        Nº 4257/20 del 01/12/2020, la Sra. Intendenta de Montevideo, delegó en la Dirección General del Departamento de Cultura la facultad entre otras, de aprobar la reglamentación de los diversos concursos, con comunicación inmediata a la Sra. Intendenta de Montevideo;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º. Aprobar las bases que regirán el llamado abierto a los colectivos para espectáculos de Danza Folclórica para participar en la Semana Criolla del Prado 2024 que se transcribe:
        LLAMADO ABIERTO
        ESPECTÁCULOS DE DANZAS FOLCLÓRICAS - SEMANA CRIOLLA DEL PRADO 2024
        El Departamento de Cultura de la Intendencia de Montevideo (en adelante IdeM), en el marco de la 97ª Edición de la Semana Criolla del Prado, convoca a colectivos de Danza Folclórica interesados en participar de los distintos escenarios y actividades callejeras a desarrollarse durante la Semana Criolla 2024.
        La Semana Criolla del Prado, es un evento organizado por la IdeM desde el año 1925.
        Este evento, que se realiza en las instalaciones de la Rural del Prado, se ha transformado en una legendaria fiesta a nivel regional, siendo la más antigua de América Latina, y alberga las más antiguas tradiciones de nuestro país, el encuentro con las raíces es clave para salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial como elemento constructor de identidad.
        En esta fiesta se destacan la figura del Gaucho, la Payada como representación del Arte Repentista y los espectáculos de Danza, Folclore y Música Ciudadana, pero además se puede disfrutar de una variada propuesta de espectáculos artísticos, concursos de destreza, exposiciones plásticas y artesanales, gastronomía criolla, productos típicos y muestras de servicios Departamentales y Municipales.
        En el marco de la conformación de ésta programación artística, se realiza el siguiente llamado.
        CAPÍTULO I) OBJETIVO DEL LLAMADO
        Realizar una convocatoria nacional a los colectivos de Danza Folclórica interesados en participar durante la Semana Criolla a desarrollarse del domingo 24 al domingo 31 de marzo de 2024.
        CAPÍTULO II) INSCRIPCIÓN
        1.-El plazo de inscripción para presentar las propuestas será desde de 60 (sesenta) días corridos, a partir de la publicación de las presentes bases.
        2.- Este llamado es abierto a toda la comunidad de la Danza Folclórica a partir de los 15 años, sin límite de edad.
        3.- Si en un colectivo de los seleccionados participan menores de 18 años al 4 de marzo de 2024, se deberá presentar la autorización correspondiente expedida por el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU), previo a la firma del contrato. De no presentarla, el colectivo no podrá participar y se ocupará el lugar vacante por orden de prelación.
        4.- Los espectáculos presentados deberán ser elaborados en función de un 70% de Danzas y Ritmos Uruguayas de raíz tradicional, el resto puede ser de Danzas y Ritmos Regionales y Latinoamericanas.
        5.- Las propuestas tendrán una duración mínima de 20 minutos y máxima de 30 minutos, y los elencos deberán ser integrados por un mínimo de 6 bailarinas/es.
        6.- Podrán participar todos los colectivos de Danza Folclórica de nuestro país, debiendo inscribirse mediante el llenado de un FORMULARIO WEB donde se solicitará:
        Datos del o la representante responsable del grupo
        -País emisión del documento (obligatorio)
        -Tipo de documento (obligatorio)
        -Número de documento (obligatorio)
        -Imagen del documento (obligatorio)
        -Primer nombre (obligatorio)
        -Segundo nombre
        -Primer apellido (obligatorio)
        -Segundo apellido
        Datos de contacto
        -Número de teléfono celular
        -Número de teléfono fijo
        -Correo electrónico (obligatorio)
        -Validación correo electrónico
        -Departamento
        -Ciudad
        -Domicilio (obligatorio)
        Datos del colectivo artístico
        -Nombre del colectivo (obligatorio)
        Datos de los artistas
        -Cantidad de artistas
        -País emisión del documento (obligatorio)
        -Tipo de documento (obligatorio)
        -Número de documento (obligatorio)
        -Nombre Completo (obligatorio)
        -Fecha de Nacimiento (obligatorio)
        -Forma de Pago (obligatorio y no modificable luego de enviado el formulario)
        -Registro Nacional de Artista y Oficios Conexos (obligatorio) *El registro provisorio sólo será válido si es la primera vez que la Comisión Certificadora del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), lo otorga. En cualquier caso, al momento de la contratación propiamente dicha, deberá contarse con el registro definitivo.
        Datos de la propuesta artística
        -Descripción (obligatorio)
        -Ficha técnica (obligatorio)
        -Requerimientos técnicos (obligatorio)
        -Adjuntar descripción complementaria
        Video demostración (obligatorio)
        -Presentación de la totalidad de la/s obra/s a presentar, no necesariamente grabada en escenario (puede ser sala de ensayo) con el vestuario a utilizar (en caso de no disponerlo presentar boceto) y con un mínimo del 70 % del elenco que se describe en el formulario.
        Se pueden adjuntar también obras de trabajos previos como material complementario, pero no es requisito excluyente.
        7.-Los datos que se solicitan de manera obligatoria en el FORMULARIO WEB, se deberán completar con información legítima y comprobable. En caso de comprobarse falsedad en cualquiera de los datos solicitados en el FORMULARIO y/o incumplimiento en la forma establecida para completar la información, el registro se anulará.
        8.- En el campo “Forma de Pago”, se desplegarán las opciones habilitadas para abonar el caché artístico. La opción seleccionada por la que desea cobrar el artista (o cada uno de los artistas integrantes del colectivo en su caso) no podrá ser modificada en caso que la propuesta sea seleccionada, y será la que utilice la Intendencia de Montevideo para planificar los procedimientos de pago en los tiempos y las formas previstas.
        En caso de hacer uso del campo “Otros Artistas” la información que se adjunta, deberá ser completada con todos los datos solicitados, siendo esta la información que se utilice para tramitar el pago a través de la única cooperativa indicada por cada artista.
        9.- La inscripción al presente llamado supone únicamente la incorporación a una lista de aspirantes, no constituyéndose relación vinculante alguna con la IdeM, pudiendo ser seleccionada o no la propuesta presentada, conforme a lo dispuesto en el capitulo siguiente.
        CAPÍTULO III) EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
        1.- La IdeM designará a un representante de la Asociación de Danza del Uruguay, y dos representantes de la IdeM, quienes se encargarán de evaluar las propuestas interesadas en formar parte de la programación de la Semana Criolla 2024.
        2.- Las tres personas designadas evaluarán las propuestas presentadas valorando para el armado de la lista de prelación: composición coreográfica, ritmo y musicalidad, puesta en escena general, vestuario y estética de la propuesta, técnicas aplicadas, presencia de músicos en vivo o músicas utilizadas.
        3.- Los primeros 20 (veinte) espectáculos seleccionados serán los que participarán de la programación de la Semana Criolla 2024.
        CAPÍTULO IV) CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN.
        1.- Quienes se inscriban, deberán pertenecer a una cooperativa de artistas, conforme a lo previsto en la Ley N.º 18.834 o contar con empresa y estar al día en sus obligaciones.
        2.- La participación en este llamado, la integración de la lista de prelación y la contratación por cualquiera de las formas previstas, no genera vínculo contractual, laboral o funcional de especie alguna entre los/las artistas y la IdeM.
        3.- El monto a abonarse será el dispuesto por Resolución N.º 3478/20, dictada el 5/10/2020, a saber :

        ESPECTÁCULOS EN VIVO TEATRO Y DANZA (Ajuste enero 2023: 8,29% )
        Hasta 2 artistas en escena
        $ 11.366,20
        De 3 a 6 en escena
        $ 37.889,97
        De 7 a 12 en escena
        $ 56.834,97
        más de 12 en escena
        $ 75.780,01

        El referido monto será debidamente ajustado a enero de 2024 de acuerdo al IPC proyectado.
        4.- El pago se efectuará en las condiciones y plazos acordados entre las cooperativas y la IdeM y por los medios previstos en la Ley de Inclusión Financiera, si correspondiere.
        5.- Las y los artistas que se contraten individualmente a través de la empresa que corresponda, se verán comprendidos en los métodos de pago que establece el Servicio de Contaduría de la IdeM, y suscribirán un contrato en los términos y condiciones que establezca la IdeM, quedando supeditada la contratación al contralor jurídico- formal favorable.
        CAPÍTULO V) LIMITACIONES Y RESTRICCIONES
        1.- Los colectivos de Danza que sean seleccionados para formar parte de la programación de la Semana Criolla 2024, no podrán, previo a su presentación oficial, participar con el mismo espectáculo en los Fogones.
        2.- No podrán participar de este llamado personas que tengan relación funcional o contractual de carácter laboral con la Dirección General del Departamento de Cultura o la Gerencia de Festejos y Espectáculos (Unidad 8000, 4610, 8014, 8016 y 8017).
        3.- No podrán participar personas que tengan parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, sean cónyuges o concubinos con las personas referidas en el literal precedente o con los/las responsables de evaluar los colectivos de Danzas Folclóricas.
        CAPÍTULO VI) COMUNICACIÓN
        1.- Los colectivos de Danza seleccionados, serán notificados por cualquiera de los medios de comunicación proporcionados al inscribirse, víacorreo electrónico institucional de la IdeM.
        2.- Confirmada la programación se publicará en los distintos canales de comunicación de la IdeM.
        CAPÍTULO VII) ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y RESOLUCIÓN DE ASPECTOS NO PREVISTOS, INTERPRETACIÓN Y ALCANCE.
        1.- Las/os participantes darán por aceptadas las condiciones establecidas en las bases por el solo hecho de inscribirse a la convocatoria, exonerando a la IdeM de cualquier reclamo que de estas pueda derivar.
        2.-Asimismo, aceptarán toda resolución que realice la Gerencia de Festejos y Espectáculos, respecto a cualquier situación no contemplada en las bases, así como la determinación del alcance e interpretación de las allí previstas.
        CAPÍTULO VIII) SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN
        La IdeM, se reserva el derecho de cancelar o suspender el evento y/o los espectáculos ya sea por factores climáticos, sanitarios o cualquier otra circunstancia debidamente justificada, así como disponer las reprogramaciones necesarias, exonerándose de todo tipo de responsabilidad al respecto.
        CAPÍTULO IX) EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD A LA IdeM
        Los/las participantes eximen a la IdeM por eventuales reclamos que pudieran derivarse de las bases y resultados de la convocatoria.
        CAPÍTULO X) DERECHOS DE AUTOR, IMAGEN, REPRODUCCIÓN Y OTROS.
        1.-Las/os participantes asumen plena y exclusivamente la responsabilidad emergente de los derechos de autor que correspondan por la actuación, así como por el uso de cualquier material protegido por la legislación de derechos de autor vigente (Ley 9738 de 17 de diciembre de 1937, modificativas y concordantes (Ley 17616 del 10 de enero de 2003; Ley 17805 del 26 de agosto de 2004, Ley 18.046 del 24 de octubre de 2006, Ley 19.149 del 24 de octubre de 2013 y Ley 19.857 del 23 de diciembre de 2019 ).
        2.- La participación en el llamado implica la cesión irrevocable a la IdeM, de los derechos de imagen y reproducción de los espectáculos para ser utilizados con fines de difusión cultural y sin ánimo de lucro.
        3.- La IdeM se reserva el derecho de realizar registros fotográficos, audiovisuales, etc. de la obra como tal, así como a sus autoras/es para fines de documentación, educación y publicidad sin que esto implique para la IdeM la obligación de pago o compensación alguna.
        CAPÍTULO XI) INCUMPLIMIENTO:
        1.- Quienes no cumplan con las bases establecidas en el presente llamado podrán ser inhabilitados para postularse para la 98ª Semana Criolla .
        2.- El incumplimiento o cualquier alteración relevante del proyecto presentado al momento de inscribirse al llamado, deberá ser informado a la Gerencia de Festejos y Espectáculos de la IdeM, quedando la contratación sujeta a evaluación y pudiendo la IdeM adoptar las medidas o sanciones que considere pertinente.
        CAPÍTULO XII) DECLARACIÓN
        Los postulantes, declaran que los datos proporcionados en el formulario y la documentación entregada en la IdeM es auténtica y comprobable y que conjuntamente a la inscripción a la convocatoria suscribirán declaración jurada que consta en Anexo 1.
        Por mayor información:
        Gerencia de Festejos y Espectáculos – IdeM
        e-mail: danza.semanacriolla@imm.gub.uy
        Tel.: 1950 int. 9991/9990

        ANEXO 1
        Montevideo,__________________________
        Quien suscribe:____________________________________________titular de la cédula de identidad__________________________, con domicilio en__________________________, en calidad de postulante en el Llamado abierto para espectáculos de danza folclórica que deseen conformar la lista de aspirantes para participar de la SEMANA CRIOLLA PRADO 2024.
        Declaro bajo juramento que cumplo con todos los requisitos necesarios para presentarse a la convocatoria y especialmente que no existe restricción ni impedimento alguno para postularme a la misma, conforme las restricciones contenidas en los capítulos VI y VII del Llamado.
        Manifiesto, asimismo que la totalidad de los datos aportados son fidedignos, que conozco el alcance de lo declarado y que en caso de constatarse falsedad en lo declarado, será pasible la responsabilidad penal pertinente, de acuerdo a lo establecido en el Art. 239 del Código Penal que expresa: "El que, con motivo del otorgamiento o formalización de documento público, ante funcionario público, prestare declaración falsa sobre identidad o estado, o cualquier otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión".-
        ____________________
        FIRMA
        ____________________
        ACLARACIÓN
        2º. Comuníquese al Departamento de Secretaría General; a la División Información y Comunicación; y pase a la Gerencia Festejos y Espectáculos.-

PROFA. MARÍA INÉS OBALDÍA, Directora General del Departamento de Cultura.-