Resolución N° 3897/24
Nro de Expediente:
2017-6409-98-000019
 
PLANIFICACIÓN
Fecha de Aprobación:
09/09/2024


Tema:
VARIOS

Resumen:
OTORGAR LA APROBACIÓN PREVIA DEL PROGRAMA DE ACTUACIÓN INTEGRADA QUE SE DESARROLLA PARA EL ÁMBITO DEL APT 21 Y HABILITAR EL PROCESO DE AUDIENCIA PÚBLICA, EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN EL ART. 25 DE LA LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE Nº 18.308, UBICADO DENTRO DE LOS LÍMITES DEL SERVICIO CENTRO COMUNAL ZONAL Nº 9, MUNICIPIO F.-

Montevideo, 09 de Setiembre de 2024.-
 

VISTO: las presentes actuaciones por las que se promueve la Aprobación Previa del avance del Programa de Actuación Integrada que se desarrolla para el ámbito del APT 21, ubicado dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9, Municipio F;

RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 3487/21 de fecha 13 de setiembre de 2021, se puso de manifiesto los documentos de avance del Programa de Actuación Integrada (PAI) que se desarrolla en el ámbito del APT 21 “Este de Camino Felipe Cardozo” y su correspondiente Informe Ambiental Estratégico, según lo establecido por el Art. 24 de la Ley Nº 18.308, de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y se habilitó el proceso de Audiencia Pública en los términos establecidos en el Art. 25 de dicha ley;

2º) que se pusieron de manifiesto los documentos y luego de un período de intercambio con actores internos y externos a la institución, se está en condiciones de otorgar la Aprobación Previa por parte de la Intendencia de Montevideo del citado Programa de Actuación Integrada y dar lugar a la realización de la Audiencia Pública según lo establecido en el Art. 25 de la Ley Nº 18308;

CONSIDERANDO: 1º) que la propuesta se enmarca en las disposiciones de las Directrices Departamentales de Ordenamiento y Desarrollo Sostenible según el Decreto Nº 34.870 y de la Ley Nº 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible;

2º) que la Gerencia de Planificación Territorial comparte y promueve el dictado de resolución de Aprobación Previa del instrumento de obrados, en cumplimiento del procedimiento previsto en la Ley Nº 18.308;

3º) que el Departamento de Planificación estima oportuno el dictado de resolución en el sentido indicado;

El INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Otorgar la aprobación previa del Programa de Actuación Integrada que se desarrolla para el ámbito del APT 21 y habilitar el proceso de Audiencia Pública, en los términos establecidos en el Art. 25 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible Nº 18.308.-

2º. Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General para que se sirva cursar nota a los Ministerios de Vivienda y Ordenamiento Territorial y de Ambiente respectivamente, Desarrollo Urbano, Movilidad, Desarrollo Ambiental y Recursos Financieros; al Municipio F; a las División Espacios Públicos y Edificaciones; a la Gerencia de Planificación Territorial; a los Servicios Contralor de la Edificación y Centro Comunal Zonal Nº 9; a la Unidad Plan de Ordenamiento Territorial y pase a la Unidad Gestión Territorial a sus efectos.-

MAURICIO EMILIO ZUNINO CANEPA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-