Pago - Propaganda en cines

Pago - Propaganda en cines

Última actualización: 06.09.2022 - 16:07 | Responsable de esta información: Ingresos Comerciales y Vehiculares

Descripción

Declaración de impuesto de propaganda en cines.

Requisitos

  1. Formulario completado digitalmente y firmado.
  2. Agenda previa en este sitio.

¿Cómo se hace?

Se presenta el formulario de declaración jurada en el servicio para su liquidación, con agenda previa en este sitio.

Por propaganda visual o sonora proyectada o emitida en cines o salas de espectáculos públicos de cualquier naturaleza se abonará, por anuncio y por mes o fracción, el 1 % o  (uno por mil) de la recaudación por venta de entradas multiplicado por la cantidad de anuncios.

Tener en cuenta

Tasa: 1 % o sobre el importe de la venta de entradas multiplicado por la cantidad de anuncios.

Vencimiento: Se debe presentar la declaración jurada hasta el día 15 de cada mes. En caso de que el día 15 sea no hábil, el vencimiento será el día hábil anterior.

¿Tiene costo?

Si tiene costo

¿Dónde se realiza personalmente?

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