Solicitud de exoneración de patente de rodados por hurto

  • 1 Cláusula
  • 2 Solicitante
  • 3 Datos del vehículo hurtado
  • 4 Finalizado
Cláusula de consentimiento informado

Los datos personales que el gestionante suministre por este medio quedan protegidos por las disposiciones de la ley Nº 18.331, de 11 de agosto de 2008 (Ley de Protección de Datos Personales - LPDP) y serán incorporados a una base de datos respecto de la cual se garantiza su adecuada protección y la adopción de las medidas de seguridad necesarias para evitar su alteración, pérdida y el acceso no autorizado por terceros.

La Intendencia de Montevideo tratará dicha información a los efectos de comunicarse con el gestionante y enviarle información relevante y de su interés en temas vinculados a sus trámites, gestiones, obras y otras cuestiones que lo vinculan a esta Administración.

La responsable de la base de datos es la Intendencia de Montevideo y el domicilio donde el interesado podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, actualización, inclusión o supresión, es Avda.18 de Julio Nº 1360"

Según el artículo 20 del decreto 31.688 de la Junta Departamental de Montevideo:

Esta solicitud deberá ser gestionada en el Servicio de Ingresos Vehiculares dentro del plazo de noventa días contados a partir de la fecha del hurto. Si la gestión es realizada fuera del plazo estipulado se aplicará una multa equivalente al monto de la Patente anual, dándose de baja el tributo generado a partir del hurto”.

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