Resolución N° 205/11
Nro de Expediente:
5100-003636-10
 
GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
10/1/2011


Tema:
VIATICOS

Resumen:
Se prorroga hasta el 31 de julio de 2011, la Resolución Nº 3548/10 de fecha 2 de agosto de 2010, a los efectos de que todos los funcionarios presupuestados y contratados que pasen a desempeñarse en los diferentes Municipios, en los Servicios Centros Comunales Zonales, y en la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, tendrán derecho a la percepción del viático nominal establecido en la Resolución Nº 1570/09 de 21 de abril de 2009, con los requisitos y en las condiciones establecidas en la reglamentación aprobada por la misma exceptuándose aquellos que por pertenecer a los Servicios Centros Comunales Zonales continuaron percibiendo la partida creada por el artículo 32 del Decreto 31.688, promulgado el 30 de junio de 2006.

Montevideo, 10 de Enero de 2011.-
 
          VISTO: que por Resolución Nº 3548/10 de fecha 2 de agosto de 2010, se dispuso que a partir del 8 de julio de 2010, y en forma transitoria hasta el 31 de diciembre de 2010, todos los funcionarios presupuestados y contratados que pasen a desempeñarse en los diferentes Municipios, en los Servicios Centros Comunales Zonales, y en la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, tendrán derecho a la percepción del viático nominal establecido en la Resolución Nº 1570/09 de 21 de abril de 2009, con los requisitos y en las condiciones establecidas en la reglamentación aprobada por la misma exceptuándose aquellos que por pertenecer a los Servicios Centros Comunales Zonales continuaron percibiendo la partida creada por el artículo 32 del Decreto 31.688, promulgado el 30 de junio de 2006;
          RESULTANDO: 1o.) que a la fecha se mantienen plenamente vigentes los motivos que condujeron al dictado de la citada Resolución en tanto no se han efectuado aún las adecuaciones correspondientes en la normativa departamental que equipare a los funcionarios asignados a los Municipios, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación con los que cumplen tareas en los Servicios Centro Comunales Zonales de los Municipios;
          2o.) que corresponde en consecuencia prorrogar hasta el 31 de julio de 2011, la citada Resolución hasta tanto se efectúen las adecuaciones antedichas;
          CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima

          pertinente el dictado de Resolución en tal sentido;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1º- Prorrogar hasta el 31 de julio de 2011, la Resolución Nº 3548/10 de fecha 2 de agosto de 2010 a los efectos de que todos los funcionarios presupuestados y contratados que pasen a desempeñarse en los diferentes Municipios, en los Servicios Centros Comunales Zonales, y en la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, puedan percibir el viático nominal establecido en la Resolución Nº 1570/09 de 21 de abril de 2009, con los requisitos y en las condiciones establecidas en la reglamentación aprobada por la misma, exceptuándose aquellos que por pertenecer a los Servicios Centros Comunales Zonales continuaron percibiendo la partida creada por el artículo 32 del Decreto Nº 31.688, promulgado el 30 de junio de 2006.-
          2º- Quedan asimismo expresamente exceptuados de lo dispuesto en el numeral que antecede los funcionarios contratados a partir del 8 de julio de 2010, que desempeñen sus tareas en la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación.-
          3º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; a los Servicios de Liquidación de Haberes, de Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana y de Administración de Gestión Humana, a la Unidad Información de Personal, y pase al Sector Despacho del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales y a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a sus efectos.-
PROF. MARIA SARA RIBERO, Intendenta de Montevideo (I.).-
RICARDO PRATO, Secretario General.-