VISTO: la Resolución Nº 2450/00, de 13 de julio de 2000, en la que se establece la nueva estructura Orgánico Administrativa de la Intenencia Municipal de Montevideo;
RESULTANDO: que por dicha Resolución se establece que del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional dependerá la División Promoción Económica, siendo responsabilidad de esta División, la promoción de la micro, pequeña y mediana empresa;
CONSIDERANDO: 1o.) que la micro, pequeña y mediana empresa constituyen más del 90% (noventa por ciento), del total de las unidades económicas en Montevideo, significando en consecuencia un sector que ocupa más del 50% (cincuenta por ciento) de la Población Económica Activa (PEA);
2o.) la prioridad adjudicada por esta Administración Municipal a dicho sector de empresas en Montevideo, implica el diseño e implementación de un conjunto de políticas focalizadas que faciliten su desarrollo, expansión y consolidación en el tejido económico-productivo de nuestro territorio;
3o.) la necesidad de que dichas políticas optimicen los resultados y aumenten sensiblemente los impactos socio-económicos deseados, sobre la base de una correcta asignación de recursos y readecuación de las regulaciones, controles y estímulos municipales;
4o.) que para mejor cumplimiento de sus fines, debe procurarse una especialización de las propias estructuras orgánicas que incremente la eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios y desempeño de los programas correspondientes;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Crear la Unidad PYMES (Micro, Pequeña y Mediana Empresa), dependiente de la División Promoción Económica del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.
2.- Establecer que sus fines serán los siguientes:
a) apoyar el surgimiento y consolidación de la micro, pequeña y mediana empresa, aportando instrumentos y adecuando las normativas en función de los requerimientos especiales de este tipo de unidades, en función de lo cual privilegiará la creación de nuevas fuentes de empleo en el Departamento de Montevideo.
b) articular con otros organismos públicos y privados la prestación de servicios y el desarrollo de programas de asistencia y promoción a la pequeña y mediana empresa.
c) coordinar con los organismos públicos pertinentes a efectos de propender a la simplificación de los trámites y requerimientos administrativos para las PYMES.
3.- La Unidad PYMES contará con Programas de trabajo y los recursos presupuestales correspondientes.
4.- Comuníquese a la Secretaría General, para conocimiento de la Junta Departamental; a todos los Departamentos; a la Unidad Central de Planificación; a la Contaduría General; a la División Jurídica, al Instituto de
Estudios Municipales y pase a la División Promoción Económica, a sus efectos.