VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la expedición de las constancias de Régimen de Suelo por parte de la Unidad Protección del Patrimonio;
RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 1102/22 de fecha 14 de marzo de 2022 se estableció que las constancias de Régimen de Suelo que se expiden a través de la Unidad Protección del Patrimonio, se emitirán solamente para los bienes incluídos en el Régimen General de Suelo que se encuentran en:
a) áreas de especial consideración previstas en el Plan de Ordenamiento Territorial;
b) padrones linderos a edificaciones declaradas Monumento Histórico Nacional, Bienes de Interés Departamental y Bienes de Interés Municipal;
c) padrones sobre los que se haya establecido cautela;
2º) que la Unidad Protección del Patrimonio informa que:
a) se ha elaborado una base de datos que contiene el universo de padrones que pueden requerir de una actuación por parte de esa Unidad u otras oficinas dependientes;
b) los padrones de que se trata son los pertenecientes al régimen patrimonial de suelo urbano, los incluidos en las áreas de especial consideración establecidas en el Plan de Ordenamiento Territorial, los cautelados en función de lo dispuesto por decretos y los linderos a Monumentos Históricos, Bienes de Interés Departamental y Bienes de Interés Municipal;
c) se sugiere el dictado de resolución donde se establezca que sólo se extenderán constancias de régimen de suelo para los padrones incluidos en el listado adjunto en la actuación 2 del expediente Nº 2022-6440-98-000148;
d) se debería dar amplia divulgación a la información y crear una capa específica en Montevimap;
3º) que la División Planificación Territorial informa que:
a) comparte lo informado por la Unidad Protección del Patrimonio, en cuanto a que se ha avanzado en la elaboración de la base de datos con los padrones que pueden requerir de una actuación por parte de esa Unidad o sus oficinas dependientes, siendo necesario dejar sin efecto la Resolución Nº 1102/22 de fecha 14 de marzo de 2022, sobre la expedición de las constancias de Régimen de Suelo;
b) promueve el dictado de una nueva resolución estableciendo que las mencionadas constancias se emitirán solamente para los padrones incluidos en el listado adjunto en actuación Nº 2 que se encuentran incluidos en régimen patrimonial de suelo urbano, en las áreas de especial consideración establecidas en el Plan de Ordenamiento Territorial, los cautelados en función de lo dispuesto por decretos y los linderos a Monumentos Históricos, Bienes de Interés Departamental y Bienes de Interés Municipal;
CONSIDERANDO: que el Departamento de Planificación se manifiesta de conformidad, promoviendo el dictado de resolución en el sentido indicado;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Dejar sin efecto la Resolución Nº 1102/22 de fecha 14 de marzo de 2022.-
2º. Establecer que las constancias de Régimen de Suelo que se expiden a través de la Unidad Protección del Patrimonio, se emitirán solamente para los bienes incluidos en el Régimen General de Suelo que se encuentran en:
a) régimen patrimonial en suelo urbano;
b) áreas de especial consideración previstas en el Plan de Ordenamiento Territorial;
c) padrones linderos a edificaciones declaradas Monumento Histórico Nacional, Bienes de Interés Departamental y Bienes de Interés Municipal;
d) padrones sobre los que se haya establecido cautela dispuesta por decreto.-
3º. Establecer que las mencionadas constancias se emitirán solamente para los padrones incluidos en el listado adjunto en actuación 2 de obrados.-
4º. Comuníquese al Departamento de Desarrollo Urbano; a todos los Municipios; a todos los Servicios Centros Comunales Zonales y a la Unidad Protección del Patrimonio y pase a la División Planificación Territorial.-
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