Resolución N° 3497/00
Nro de Expediente:
6610-000184-00
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
25/9/2000


Tema:
DIGESTO MUNICIPAL

Resumen:
Se incorpora lo dispuesto en la Resolución Nº 2.960/00 al artículo R.424.103 del Título VIII De las Velocidades Máximas del Libro IV del Tránsito Público Parte Reglamentaria.-

Montevideo, 25 de Setiembre de 2000.-
 
        VISTO: la Resolución Nº 2.960/00 de fecha 21 de agosto de 2000, dictada por el Sr. Intendente Municipal de Montevideo;
        RESULTANDO: que por dicha Resolución se establece una velocidad máxima de 30 Kilómetros por hora en la circunvalación a la Plaza Eduardo Fabini, debido a que la citada Plaza atrae un número importante de menores y por allí circulan líneas del transporte colectivo de pasajeros;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Unidad de Actualización Normativa informa que corresponde incorporar lo dispuesto por la Resolución Nº 2.960/00 al artículo R.424.103 del Título VIII "De las Velocidades Máximas" del Libro IV "Del Tránsito Público", Parte Reglamentaria Volumen V del Digesto Municipal;
        2o.) que la División Jurídica manifiesta su conformidad y estima procedente dictar resolución en tal sentido;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Incorporar lo dispuesto en la Resolución Nº 2.960/00 de 21 de agosto de 2000 al artículo R.424.103 del Título VIII "De las Velocidades Máximas" del Libro IV "Del Tránsito Público", Parte Reglamentaria Volumen V del Digesto Municipal, el que tendrá la siguiente redacción:
        Art. R. 424. 103.- Fíjase en 45 (cuarenta y cinco) kilómetros por hora la velocidad máxima de circulación dentro del Departamento de Montevideo. La Intendencia Municipal determinará límites de velocidad inferiores, en los lugares y casos que las circunstancias lo exijan.
        Establécese una velocidad máxima de 30 km/h:
        Calle Isidoro Larraya entre las calles Campoamor y Prof. Dr. Felipe Ferreiro.
        Circunvalación a la Plaza Eduardo Fabini ubicada en la convergencia de las calles Verdi, Velsen, Yaco, Aceguá y Candelaria.

        Admítese hasta 45 (cuarenta y cinco) kilómetros por hora de velocidad, en las siguientes vías de tránsito:
        Rambla Naciones Unidas, en los tramos comprendidos entre las calles:
        - Juan D. Jackson y Julio Ma. Sosa (Parque Rodó);
        - 21 de Setiembre y Buxareo (Playa Pocitos);
        - Rambla Pte. Charles de Gaulle;
        - Rambla Costanera;
        - Prof. Dr. E. Peluffo;
        - Avda. Rep. Federal de Alemania, y
        - Cno. Ariel.
        Avda. Luis Batlle Berres, en los siguientes tramos:
        - entre las calles La Balsa e Isla del Tigre (Santiago Vázquez);
        - a una distancia de 200 metros a cada lado del acceso al Parque Lecocq;
        - entre el Cno. de Las Tropas y hasta una distancia de 100 metros al Norte del Cno. Cibils;
        - entre Yugoslavia y Avda. Dr. Carlos María Ramírez.
        Cno. San Fuentes entre Cno. Cibils y calle 17 metros.

        Admítese hasta 60 (sesenta) kilómetros por hora de velocidad, en las siguientes vías de tránsito:
        Avda. Italia en el tramo comprendido entre Bvar. Gral. Artigas y Avda. Dr. Luis A. de Herrera.
        Ramblas Sud América, Edison y Baltasar Brum.
        Avda. Dámaso A. Larrañaga (ex Centenario), desde Bvar. José Batlle y Ordóñez al Norte.
        Bvar. José Batlle y Ordóñez desde la Plazoleta Waldemar Hansen hasta Cno. Cnel. Raíz.
        Avda. de las Instrucciones, desde Bvar. José Batlle y Ordóñez al Noroeste.
        Avda. Gral. Eugenio Garzón, entre las calles San Quintín y Lanús y desde Besnes Irigoyen al Norte.
        Avda. Luis Batlle Berres, de la Avda. Carlos María Ramírez, al Norte.
        Avda. José Belloni.
        Rambla Naciones Unidas, en el tramo comprendido entre ambas intersecciones con la calle Coimbra.
        Bvar. Gral. José G. Artigas, entre los accesos y la circunvalación al monumento de Luis Batlle Berres.
        Caminos en general, con excepción de los Caminos Castro, Edison, Casavalle, Gori, Lomas de Zamora, Ariel y San Fuentes.
        Avda. José Pedro Varela, entre la Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera y Cno. Corrales.

        Admítese hasta 75 (setenta y cinco) kilómetros por hora de velocidad, en las siguientes vías de tránsito:
        Avda. Italia, entre Avda. Dr. Luis A. de Herrera y el Arroyo Carrasco.
        Rambla Naciones Unidas, en los tramos comprendidos entre:
        - la Escollera Sarandí y la calle Juan D. Jackson;
        - calles Julio Ma. Sosa y 21 de Setiembre;
        - calle Buxareo y la intersección Oeste con la calle Coimbra;
        - la intersección Este con la calle Coimbra y el Arroyo Carrasco;
        calle Coimbra en toda su extensión;
        Avda. Dr. Juan Cachón;

        La circulación desarrollando velocidades hasta el máximo de las señaladas precedentemente, se condiciona al cumplimiento estricto de lo dispuesto en los artículos D.640 y D.676, y por lo tanto, las mismas no eximen al conductor de la responsabilidad de conducir con prudencia y dominio del vehículo, según los lugares y circunstancias.
        El Servicio de Ingeniería de Tránsito señalizará adecuadamente las zonas para las que se han fijado las velocidades especiales precedentemente.-
        2º.- Comuníquese a la Secretaría General, a fin de cursar nota a la Junta Departamental de Montevideo; a todos los Departamentos; a la Unidad Central de Planificación Municipal; y pase a la Unidad de Actualización Normativa, a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
ING. QUIMICO PABLO BUONOMO, Secretario General (I).-