VISTO: el Decreto No. 37.869 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 21 de octubre de 2021 y recibido por este Ejecutivo el 26 del mismo mes y año, por el cual de conformidad con la Resolución No. 2172/21, de 14/6/21, se sustituye el artículo 19 del Decreto No. 15.620, de 15 de mayo de 1972, el que se encuentra incorporado como artículo D.3328 en la Sección IV "De los ductos", Capítulo I "De la higiene de la vivienda", Título II "Normas de higiene para edificios según su destino", Parte Legislativa, Libro XV "Planeamiento de la Edificación" del Volumen XV "Planeamiento de la Edificación" del Digesto Departamental, se sustituye la denominación de la Sección IV "De los ductos" el que pasará a denominarse "De los ductos y chimeneas", y se incorporan los artículos D.3328.1 y D.3334.1 en la forma que se establece;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Promúlgase al Decreto No. 37.869 sancionado el 21 de octubre de 2021.-
2.- Publíquese; comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a las Divisiones Asesoría Jurídica, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca Jurídica y pase por su orden al Sector Despacho para su incorporación al registro, a la División Información y Comunicación para adjuntar al expediente y comunicar a la Junta Departamental de Montevideo la constancia de la publicación y al Departamento de Planificación a sus efectos.-
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