Resolución N° 4421/14
Nro de Expediente:
6020-000148-12
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
6/10/2014


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se aprueba la propuesta de reglamentación del Art. 2 del Decreto No. 32.826 de 4/3/09, relacionada con las exoneraciones del impuesto de Contribución Inmobiliaria a las obras nuevas que se implanten en áreas de promoción definidas en el Art. D.63 del Plan de Ordenamiento Territorial.-

Montevideo, 6 de Octubre de 2014.-
 
          VISTO: la necesidad de reglamentar el Decreto Nº 32.826 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo con fecha 19 de febrero de 2009 y promulgado por Resolución Nº 775/12 de fecha 4 de marzo de 2009, que estableció una serie de exoneraciones del impuesto de Contribución Inmobiliaria a las obras nuevas que se implanten en áreas de promoción definidas en el Art. D. 63 del Plan de Ordenamiento Territorial;
          RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 3288/12, de fecha 6 de agosto de 2012, se aprobó el Modelo de Sustentabilidad Ambiental de la Vivienda (Modelo SuAmVi), herramienta diseñada para la evaluación de proyectos del sector residencial, en relación a la aplicación de criterios de sustentabilidad ambiental, contemplando tanto características de diseño de la edificación, como las prácticas previstas para su ejecución en la etapa de obra;
          2o.) que por la mencionada Resolución se encomendó al Grupo de Trabajo de Sustentabilidad Ambiental en las Construcciones (GTS) creado por Resolución Nº 3004/09 de fecha 27 de julio de 2009 la elaboración de una propuesta de reglamentación del artículo 2 del Decreto Nº 32.826 concerniente a construcción en áreas de promoción (definidas en el Artículo D.63, Título II, Capítulo VII del Volumen IV del Digesto Departamental) y en las Resoluciones Nº 4856/00 de fecha 26 de diciembre de 2000, 4585/01 de fecha 26 de noviembre de 2001 y 197/02 de fecha 14 de enero de 2002;
          3o.) que por el artículo 2º del Decreto Nº 32.826 se estableció que la exoneración de contribución inmobiliaria establecida por el artículo 1º de ese Decreto, concerniente a la construcción en áreas de promoción, se extenderá por treinta y seis meses más para las construcciones proyectadas y llevadas a cabo que incorporen métodos y tecnologías que favorezcan y protejan el medio ambiente, encomendándose a la Administración la reglamentación de su alcance;
          4o.) que la División Planificación Estratégica elevó una propuesta, para la reglamentación del Decreto referido, estableciendo los requisitos mínimos a cumplir por las construcciones con destino a vivienda, aplicando el Modelo SuAmVi;
          5o.) que posteriormente por Resolución Nº 4959/13 de 28 de octubre de 2013 se modificó el numeral 1º de la Resolución Nº 3288/12 y se incorporó el texto completo de la primera edición del Modelo de Sustentabilidad Ambiental de la Vivienda;
          6o.) que de acuerdo a lo informado por el Departamento de Planificación corresponde aprobar el proyecto de reglamentación propuesto, haciendo especial mención a la Resolución que aprobó las modificaciones del Modelo SUAMVI;
          CONSIDERANDO: que el Departamento de Planificación y la División Asesoría Jurídica estiman procedente el dictado de resolución en tal sentido;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1º.- Aprobar la siguiente reglamentación del artículo 2º del Decreto N°32.826 de fecha 4 de marzo de 2009 para las construcciones destinadas a vivienda:
          Artículo 1º.- Las construcciones destinadas a vivienda, que aspiren a la exoneración de la contribución inmobiliaria establecida en el Artículo 2º del Decreto N°32.826, deberán obtener un resultado de evaluación mínimo según el Modelo de Sustentabilidad Ambiental de la Vivienda, en adelante denominado Modelo SuAmVi. En ese sentido, el mínimo se establece en 500 puntos para la categoría Obra Nueva Terminada y 400 puntos para la Categoría Proyecto de Obra Nueva en etapa de obra o cumplir con la puntuación mínima establecida para cada una de las áreas según el siguiente cuadro:
          CódigoAreaCriterios de evaluaciónPuntuación MínimaNivel requeridoProyecto de Obra NuevaObra Nueva Terminada
          A2
          ________

          A3
          ________

          A4
          AireEstrategias de ventilación contemplando la época estival e invernal.-
          ________
          Confort acústico en el interior de la vivienda.-
          ________
          Control y reducción de las emisiones a la atmósfera en los sistemas de calefacción y cocción por quema de biomasa y combusti-
          bles.
          50%








          ________
          50%





          ________

          50%
          aceptable








          ________
          aceptable





          ________

          aceptable
          X








          _______
          X




          ______
          X
          X








          _______
          X




          ______
          X
          AG3 AguaReutiliza-
          ción de aguas de lluvia.-
          50%aceptable X X
          E1

          ________
          E4


          ________
          E5

















          _______
          G01














          G04














          ________
          M2








          _______

          R1
          Energía




















          ________
          Gestión de Obra.-




























          ________
          Materiales








          _______

          Residuos
          Reducción de las pérdidas o ganancia térmicas a través de la envolvente y confort higrotérmico.-
          ________
          Generación y uso de energía solar térmica (EST).-
          ________
          Uso de tecnologías de eficiencia energética.

          ________
          Gestión logística de la obra, control de aspectos ambientales en el entorno inmediato y control en el tránsito.

          ________
          Gestión de materiales de demolición, movimientos de Tierra, ROCs y otros residuos, durante la obra.-



          ________
          Durabilidad y vida útil de los materiales y elementos constructi-vos.-

          ________
          Gestión de Residuos Sólidos Urbanos. Previsión en el proyecto de lugares para clasifica-
          ción en origen.-
          50%










          _______

          50%




          ________

          50%




          ________

          50%











          ________
          100%















          _______

          100%







          ________

          100%
          aceptable










          ________

          aceptable




          ________

          aceptable




          ________

          aceptable











          ________
          muy alto















          ________

          muy alto







          ________

          muy alto
          X










          ______

          X




          ________

          X




          ________













          ________
















          _______

          X






          ________


          X
          X










          ______

          X




          ________

          X




          ______

          X










          _______

          X













          _______

          X






          _______

          X

          Artículo 2º.- La solicitud será estudiada por un equipo técnico evaluador que se designará a tal fin y que funcionará como asesor, bajo la órbita de la División Planificación Estratégica. Este equipo evaluará el cumplimiento de los requisitos técnicos del proyecto establecidos en la Resolución correspondiente, en función de los elementos aportados y eventuales verificaciones en el sitio.
          A los efectos de evaluar la solicitud por parte de la Intendencia, se deben presentar los recaudos que se detallan a continuación debidamente firmados por el profesional actuante:
          a) Formulario de solicitud completo.
          b) Resumen descriptivo del proyecto.
          c) Autoevaluación según planilla SuAmVi, según categoría que corresponda (Obra Nueva Terminada o Proyecto de Obra Nueva) para demostrar que se alcanza el puntaje mínimo requerido.
          d) Reporte Detallado SuAmVi en el cual se debe responder a las preguntas del Modelo SuAmVi y describir la manera en que el proyecto contempla los criterios de sustentabilidad.
          e) Permiso de construcción aprobado.
          El Departamento de Planificación se expedirá sobre el cumplimiento de los requisitos técnicos necesarios para la aplicación del artículo 2º del Decreto Nº 32.826.
          El Departamento de Recursos Financieros dispondrá la exoneración impositiva correspondiente.
          Artículo 3º.- Estas construcciones podrán exhibir el logotipo SuAmVi una vez evaluadas por la Intendencia respetando el diseño y las condiciones para su uso que, oportunamente, se definan.
          Artículo 4º.- La solicitud de extensión del plazo de exoneración de la Contribución Inmobiliaria en aplicación del Artículo 2º del Decreto Nº 32.826, se debe presentar en el Servicio de Ingresos Inmobiliarios del Departamento de Recursos Financieros. Esta petición podrá ser realizada a posteriori o concurrentemente con la solicitud en aplicación del Artículo 1º del mencionado Decreto, bajo la firma del profesional actuante en el permiso de construcción y del propietario del inmueble.
          2º.- Comuníquese a los Departamentos de Planificación, de Recursos Financieros, a la División Planificación Estratégica, al Servicio de Ingresos Inmobiliarios y pase al Equipo Técnico de Actualización Normativa a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-