VISTO: la Resolución Nº 4645/24 de fecha 31 de octubre de 2024, que aprobó el nuevo “Sistema de Tareas Extraordinarias” del Servicio de Convivencia Departamental;
RESULTANDO: 1º.) que la Prosecretaría General solicita modificar la citada resolución estableciendo que en el numeral 2.1 donde dice "El valor es de $ 639 (pesos uruguayos seiscientos treinta y nueve mil)." debe de decir "El valor es de $ 639 (pesos uruguayos seiscientos treinta y nueve).";
2º.) que asimismo solicita modificar el numeral 2.3 que donde dice "En caso que se trabaje una fracción de jornada de 6 horas, se calculará la retribución correspondiente al horario cumplido y de acuerdo a la categoría de asistencia que corresponda. La fracción mínima a liquidar es de 30 minutos." debe de decir "En caso que se trabaje una fracción de jornada de 6 horas, se calculará la retribución correspondiente al horario cumplido y de acuerdo a la categoría de asistencia que corresponda. La fracción mínima a liquidar es de 30 minutos, con excepción de la partida de asistencia diaria (Asistencia A).";
3º.) que finalmente solicita modificar el numeral 2.3 estableciendo que donde dice "Quedan habilitados a este pago todos/as los/as funcionarios/as que desarrollen tareas en la central de monitoreo (por el tiempo de trabajo en el mismo), los/as inspectores, jefes operativos, encargados operativos, subdirecciones operativas y choferes." debe de decir "Quedan habilitados a este pago todos/as los/as funcionarios/as que desarrollen tareas en la central de monitoreo (por el tiempo de trabajo en el mismo), los/as inspectores, jefes operativos, encargados operativos, subdirecciones operativas, choferes y administrativos/as.";
CONSIDERANDO: que la Dirección del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales se manifiesta de conformidad;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Modificar el numeral 2.1 del resuelve 1º de la Resolución Nº 4645/24 de fecha 31 de octubre de 2024, estableciendo que donde dice "El valor es de $ 639 (pesos uruguayos seiscientos treinta y nueve mil)." debe de decir "El valor es de $ 639 (pesos uruguayos seiscientos treinta y nueve).".-
2º.- Modificar el numeral 2.3 del resuelve 1º de la Resolución Nº 4645/24 de fecha 31 de octubre de 2024, estableciendo que donde dice "En caso que se trabaje una fracción de jornada de 6 horas, se calculará la retribución correspondiente al horario cumplido y de acuerdo a la categoría de asistencia que corresponda. La fracción mínima a liquidar es de 30 minutos. " debe de decir "En caso que se trabaje una fracción de jornada de 6 horas, se calculará la retribución correspondiente al horario cumplido y de acuerdo a la categoría de asistencia que corresponda. La fracción mínima a liquidar es de 30 minutos, con excepción de la partida de asistencia diaria (Asistencia A).".-
3º.- Modificar el numeral 2.3 del resuelve 1º de la Resolución Nº 4645/24 de fecha 31 de octubre de 2024, estableciendo que donde dice "Quedan habilitados a este pago todos/as los/as funcionarios/as que desarrollen tareas en la central de monitoreo (por el tiempo de trabajo en el mismo), los/as inspectores, jefes operativos, encargados operativos, subdirecciones operativas y choferes." debe de decir "Quedan habilitados a este pago todos/as los/as funcionarios/as que desarrollen tareas en la central de monitoreo (por el tiempo de trabajo en el mismo), los/as inspectores, jefes operativos, encargados operativos, subdirecciones operativas, choferes y administrativos/as.".-
4º.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General, a la División Administración de Personal, a los Servicios de Planeamiento Estratégico de Gestión Humana, Gestión de Retribuciones y de Convivencia Departamental, a la Unidad Información de Personal y previa intervención de Contaduría General, pase a la Prosecretaría General, a sus efectos.-
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