Resolución N° 4953/25
Nro de Expediente:
2025-6440-98-000175
 
PLANIFICACIÓN
Fecha de Aprobación:
01/12/2025


Tema:
VARIOS

Resumen:
DEJAR SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES Nº 3254/22 Y N° 3537/22 DE FECHA 8 DE AGOSTO DE 2022 Y 29 DE AGOSTO DE 2022, RESPECTIVAMENTE. AJUSTAR EL ÁMBITO DE EXPEDICIÓN DE CONSTANCIAS DE RÉGIMEN DE SUELO QUE SE EMITEN A TRAVÉS DE LA UNIDAD PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO.-

Montevideo, 01 de Diciembre de 2025.-
 

VISTO: la evolución de las gestiones producidas en el marco de la reingeniería de los trámites asociados al Permiso de Implantación y Construcción;

RESULTANDO: 1º) que por Resoluciones Nº 3254/22 y N° 3537/22 de fechas 8 de agosto de 2022 y 29 de agosto de 2022 respectivamente, se estableció que las Constancias de Régimen de Suelo que se expiden a través de la Unidad Protección del Patrimonio, se emitan solamente para los bienes que se encuentran en:
a) régimen patrimonial en suelo urbano;
b) áreas de especial consideración previstas en el Plan de Ordenamiento Territorial;
c) padrones linderos a edificaciones declaradas Monumento Histórico Nacional, Bienes de Interés Departamental y Bienes de Interés Municipal;
d) padrones sobre los que se haya establecido cautela dispuesta por decreto;

) que se está procesando y sistematizando la información territorial de los padrones;

3°) que es posible avanzar en la racionalización de las gestiones previas al ingreso de los trámites asociados al Permiso de Implantación y Construcción;

4°) que para los padrones en Régimen Patrimonial en suelo urbano se emite el Informe de Alineaciones y Parámetros, conteniendo toda la información territorial necesaria para las gestiones posteriores;

5°) que es necesario mantener la emisión de la Constancia de Régimen de Suelo para los padrones en Régimen General que se encuentran en:
a) las Áreas de Especial Consideración previstas en el Plan de Ordenamiento Territorial;
b) los padrones linderos a edificaciones declaradas Monumento Histórico Nacional, Bienes de Interés Departamental, Bienes de Interés Municipal y bienes catalogados con Grado de Protección Patrimonial 2, 3 y 4;
c) los padrones sobre los que se haya establecido cautela dispuesta por decreto departamental;

6°) que para las gestiones de Permisos de Implantación y Construcción, Trámite en Consulta, Estudio de Impacto Territorial, Viabilidad de Uso y Habilitación de Local Comercial y/o Industrial en padrones comprendidos en Régimen Patrimonial de suelo urbano, la Constancia de Régimen de Suelo no aporta información adicional a la incluida en el Informe de Alineaciones y Parámetros;

7º) que la Unidad Protección del Patrimonio informa que por todo lo anteriormente expresado correspondería dejar sin efecto las Resoluciones Nº 3254/22 y N° 3537/22 de fechas 8 de agosto de 2022 y 29 de agosto de 2022 respectivamente;

CONSIDERANDO: que el Departamento de Planificación se manifiesta de conformidad, promoviendo el dictado de resolución en el sentido indicado;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Dejar sin efecto las Resoluciones Nº 3254/22 y N° 3537/22 de fechas 8 de agosto de 2022 y 29 de agosto de 2022 respectivamente.-

2°. Establecer que en los casos de padrones que se encuentran en Régimen Patrimonial en suelo urbano, a los efectos de la presentación de gestiones de: Permiso de Implantación y Construcción, Trámite en Consulta, Estudio de Impacto Territorial, Viabilidad de Uso y Habilitación de Local Comercial y/o Industrial, solamente se emitirá el Informe de Alineaciones y Parámetros y dejará de emitirse y solicitarse la Constancia de Régimen de Suelo.-

3º. Establecer que, a los efectos de la presentación de gestiones de Permiso de Implantación y Construcción, Trámite en Consulta, Estudio de Impacto Territorial, Viabilidad de Uso y Habilitación de Local Comercial y/o Industrial, se emitirá Constancia de Régimen de Suelo en los casos de padrones que se encuentran en Régimen General dentro de las siguientes situaciones:

a) incluidos en las Áreas de Especial Consideración previstas en el Plan de Ordenamiento Territorial;

b) linderos a edificaciones declaradas Monumento Histórico Nacional, Bienes de Interés Departamental, Bienes de Interés Municipal y bienes catalogados con Grado de Protección Patrimonial 2, 3 y 4;

c) sobre los que se haya establecido cautela dispuesta por decreto departamental.-

4º. Disponer que no se emitirá ni solicitará Constancia de Régimen de Suelo para el resto de los padrones incluidos en el Régimen General.-

5º. Comuníquese al Departamento de Desarrollo Urbano; a todos los Municipios; a todos los Servicios Centros Comunales Zonales y pase a la Gerencia de Planificación Territorial.-

MARIO ESTEBAN BERGARA DUQUE, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

VIVIANA CECILIA REPETTO AQUINO, SECRETARIA GENERAL.-