Resolución N° 5463/05
Nro de Expediente:
6530-001032-05
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
5/12/2005


Tema:
DIGESTO MUNICIPAL

Resumen:
Se deroga la Resolución No. 3173/99, de 23 de agosto de 1999, y se deja sin efecto el Artículo R.180.8, de la Parte Reglamentaria, Título I "Unico", Capítulo II "De la Jornada", Sección VI "Del descanso compensatorio", del Volumen III "De la Relación Funcional" del Digesto Municipal

Montevideo, 5 de Diciembre de 2005.-
 
          VISTO: la propuesta efectuada por el Director de Desarrollo Organizacional e Informático, tendiente a dejar sin efecto el régimen especial de descanso compensatorio de los funcionarios del área informática que realicen horas extraordinarias, establecido por Resolución No. 3173/99, de 23 de agosto de 1999, incorporada al Volumen III del Digesto Municipal en el Artículo R.180.8;
          RESULTANDO: 1o.) que señala el precitado Director que dicho régimen se ajustaba a la estructura vigente en ese momento y obedecía a la jornada laboral de 48 horas semanales que cumplían dichos funcionarios, pero habiéndose producido cambios en aquella estructura y al realizar los mismos un horario básico de 40 horas semanales, habrían cesado los fundamentos de dicho régimen especial, por lo cual resultaría adecuada su derogación, a fin de que los funcionarios siguieran el régimen general;
          2o.) que el Asesor Jurídico del Departamento de Recursos Humanos y Materiales informa que si bien el régimen especial resulta legalmente válido de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo D.29 del Volumen III del Digesto Municipal, no resulta ecuánime en las actuales circunstancias;
          CONSIDERANDO: que compartiendo lo expuesto, de fs. 12 a 13, la Asesoría Jurídica aconseja derogar la Resolución No. 3173/99, de 23 de agosto de 1999, y dejar sin efecto el Artículo R.180.8


          del Volumen III del Digesto Municipal;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Derogar la Resolución No. 3173/99, de 23 de agosto de 1999.-
          2.- Dejar sin efecto el Artículo R.180.8, de la Parte Reglamentaria, Título I "Unico", Capítulo II "De la Jornada", Sección VI "Del descanso compensatorio", del Volumen III "De la Relación Funcional" del Volumen III del Digesto Municipal.-
          3.- Comuníquese a todos los Departamentos, a la Asesoría Jurídica, a la Contaduría General, a la Dirección de Desarrollo Organizacional e Informático, a los Servicios Administración de Recursos Humanos, Planeamiento y Desarrollo de Recursos Humanos, y Liquidación de Haberes, y pase al Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, a sus efectos.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-