Resolución N° 627/13
Nro de Expediente:
1001-009726-10
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
18/2/2013


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se establece que las resoluciones por las que se hubiesen confirmado deudas y constituido títulos ejecutivos tributarios, deberán ser eliminadas de las bases de datos de acceso público mediante el sitio web institucional de esta Intendencia, en las condiciones que se indican.-

Montevideo, 18 de Febrero de 2013.-
 
        VISTO: los planteos a que refieren estas actuaciones, sobre el mantenimiento en la base de datos de acceso público de esta Intendencia de resoluciones de confirmación de adeudos tributarios y conformación de títulos ejecutivos, con posterioridad a la cancelación de dichos adeudos mediante pago del obligado o ejecución judicial;
        RESULTANDO: 1º) que la Dirección de la División Administración de Ingresos se pronunció al respecto en informe de 30 de abril de 2010, entendiendo que la permanencia de esa información en el sitio web institucional, una vez que la misma ha perdido actualidad por alguna de las razones expuestas, hace públicas situaciones que han sido superadas por el contribuyente y la Administración, y que vulneran el secreto tributario, por lo que debería proveerse con carácter general;
        2º) que la División Asesoría Jurídica, en dictámenes de fechas 28 de junio de 2010, 30 de noviembre de 2012, y 7 y 8 de enero de 2013, expresa que debe disponerse la eliminación del sitio web de esta Intendencia de los actos administrativos que hubieran sido dejados sin efecto por otro posterior al constatarse que se padeció error, o cuando se verificó el pago de lo adeudado;
        3º) que ello es consecuencia de la interpretación armónica de las disposiciones de las Leyes Nº 18.331, de 11 de agosto de 2008 (Protección de datos personales y acción de “habeas data”), y Nº 18.381, de 17 de octubre del mismo año (Derecho de acceso a la información pública), y en especial, de la aplicación del principio de veracidad asentado en el Artículo 7º de la ley primeramente mencionada, que impone que los datos personales tratados en una base “deben ser exactos y actualizarse en el caso en que ello fuese necesario”, debiendo ser suprimidos, sustituidos o completados cuando se constate su inexactitud o falsedad;
        CONSIDERANDO: que se comparten los asesoramientos referidos, por lo que corresponde proveer de conformidad;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1. Las resoluciones por las que se hubiesen confirmado deudas y constituido títulos ejecutivos tributarios, deberán ser eliminadas de las bases de datos de acceso público mediante el sitio web institucional de esta Intendencia, cuando se verifique con posterioridad alguna de las siguientes situaciones:
        a) Cuando los obligados al pago del tributo o tributos de que se trata hubieran procedido a la cancelación de los adeudos mediante pago;
        b) Cuando como resultancia de un juicio ejecutivo tributario, esta Administración departamental hubiera visto satisfecha su pretensión de cobro de tributos impagos;
        c) Cuando la resolución de que se trate fuera revocada o modificada como consecuencia de la rectificación de los datos contenidos en la misma.-
        2. Cuando acaezca alguno de los supuestos expresados en el numeral precedente, el Servicio de Gestión de Contribuyentes informará a la Dirección de la División Administración de Ingresos, para que en cada caso ésta proceda a su oportuna comunicación a la División Tecnología de la Información, la que eliminará de las bases de datos las correspondientes resoluciones de confirmación de deuda y constitución de título ejecutivo.-
        3. Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la Comisión Especial creada por Resolución Nº 3216/05 de 13 de julio de 2005, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Información y Comunicación, al Servicio de Gestión de Contribuyentes; y pase por su orden a la División



        Administración de Ingresos para su conocimiento, y a la División Tecnología de la Información a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-