Publicado: 03.11.2016 - 15:28 | Última actualización: 16.11.2020 - 15:41

Información para los realizadores de eventos

Los organizadores de cualquier evento que se realice en espacio público deben presentar en la División Limpieza una declaración jurada sobre la gestión de sus residuos.

Esta resolución comprende a actos políticos, actividades deportivas o recreativas, espectáculos musicales, entre otros.

En la declaración se deben detallar las características del evento y de los residuos que se generarán, así como la manera en que los organizadores asegurarán la limpieza una vez que haya finalizado.

La presentación de este formulario es obligatoria para cualquier tipo de evento en la vía pública, independientemente de su naturaleza y de quiénes sean los organizadores. Si no se hace, Inspección General no habilitará la realización del evento.

Se debe tener en cuenta los siguientes puntos:

  1. Quien firma la declaración debe ser representante legal del organizador del evento. Para ello, se solicita presentar original y copia de un certificado notarial que lo avale y fotocopia de su Cédula de Identidad. Cuando el organizador es un particular, se debe presentar original y copia de la C.I. de quien firma la declaración.
  2. Cuando el organizador contrate un servicio de recolección de residuos, la empresa contratada debe estar habilitada por la IM y debe presentarse una nota firmada por el transportista, en la que asegure que brindará servicio al evento, explicitando lugar, fecha y hora.
  3. La disposición de los residuos no domiciliarios está regulada por la normativa departamental. Los comercios, industrias e instituciones que no la cumplan pueden ser sancionados. Aquí están los detalles de la normativa
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