Publicado: 03.05.2019 - 15:29 | Última actualización: 04.03.2022 - 10:13

Concejos vecinales

Los concejos vecinales son organizaciones sociales, privadas y autónomas, integradas por vecinos y vecinas. Están regulados por la Junta Departamental de Montevideo y reconocidos por el gobierno departamental y municipal.

Fueron creados en 1993, funcionan como portavoces de las necesidades, demandas y propuestas del barrio ante las autoridades nacionales y municipales. Los concejales vecinales trabajan honorariamente. Pueden ser personas interesadas por su zona y representantes de organizaciones sociales, religiosas, culturales o deportivas. Se ubican entre los primeros actores que iniciaron y facilitaron el proceso de descentralización en el departamento de Montevideo adquiriendo representatividad a partir de elecciones vecinales directas por voto secreto.

INTEGRACIÓN

Cada Concejo Vecinal tiene entre 15 y 40 miembros. La modalidad de integración es determinada por cada concejo. Pueden participar en ellos las organizaciones vecinales, sociales, culturales, deportivas, vecinos y vecinas que contribuyan al fomento barrial.

Ver integrantes

COMETIDOS

Sus competencias reconocidas legalmente son:

  • derecho de iniciativa y capacidad de propuestas en planes, proyectos y programas de interés local;
  • asesoramiento al gobierno departamental y municipal;
  • colaboración en la gestión nacional, departamental y municipal;
  • organización, promoción y desarrollo de actividades de interés local y participación en la evaluación de la gestión.

Actúan como agentes de desarrollo en sus territorios, construyendo una visión integral de este, y promueven la articulación de diversos actores sociales, deportivos, religiosos, culturales, sindicales, entre otros.

FUNCIONAMIENTO

Los concejos funcionan a través de dos órganos: el plenario, que es el órgano máximo, y la Mesa Ejecutiva, que se encarga de llevar a cabo lo resuelto en el Plenario. Además en el Concejo existen las comisiones permanentes que tienen cometidos específicos y son creadas en el Plenario. Los plenarios y las comisiones permanentes del concejo vecinal son públicos. Los titulares tendrán voz y voto, mientras que el resto de los participantes no podrán votar pero sí hacer uso de la palabra, siempre y cuando el concejo vecinal lo tenga así definido.

HECHOS HISTÓRICOS

A lo largo de su historia los concejos vecinales han participado activamente en la formulación de los planes quinquenales, planes estratégicos de desarrollo zonales, foros de debate ciudadano sobre la realidad y el futuro de Montevideo, evaluaciones sobre la marcha del proceso de descentralización, debates temáticos sobre salud, infancia, patrimonio histórico, ordenamiento territorial, vialidad, realizando aportes específicos y locales a través de una mirada global, como en las Mesas de Convivencia y Seguridad Ciudadana. Además en 2005 se promovió desde los concejos vecinales la gestación del Movimiento de Usuarios de la Salud con apoyo del Ministerio de Salud.

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