Publicado: 17.07.2014 - 19:24 | Última actualización: 17.11.2020 - 15:49

Inspección y Tecnología Alimentaria

Inspección y Tecnología Alimentaria.

Funciones

  • Realizar inspecciones de fábricas, locales de venta, distribución, expendios, dépositos de alimentos, materias primas, envases y vehículos.
  • Controlar los informes del cuerpo inspectivo sobre las inspecciones realizadas, intervención y/o decomiso de productos, materias primas y envases que se encuentren en infracción de las disposiciones bromatológicas vigentes.
  • Asesorar a las empresas sobre aspectos técnicos relacionados con las empresas alimentarias.
  • Informar los resultados de las inspeciones de locales comerciales que trabajan con alimentos para su habilitación o la adopción de plazos y/o sanciones según corresponda.
  • Sugerir observaciones, plazos y/o sanciones cuando se detecten irregularidades en el cumplimiento de la normativa vigente.
  • Instrumentar impedimentos de funcionamiento de empresas de acuerdo a la reglamentación vigente.
  • Procesar denuncias que ingresen por el Centro de Información al Consumidor (CIC).
  • Intervenir en el sistema VETA (Vigilancia Epidemiológica de Enfermedades Trasmisibles por Alimentos) inspeccionando locales sospechosos de estar involucrados en intoxicaciones alimentarias.

Marco legal y reglamentario

  • Decreto 27.235 (12/09/96) actualizado en 2000. Ordenanza Bromatológica de la Intendencia de Montevideo (OBM).
  • Por Dto. Nº 33.493 de la Junta Departamental de Montevideo.
  • Resolución 3912/10 de 30 de agosto de 2010 (enlazar a aplicación).
  • Decreto 315/94 (05/07/94) Reglamento Bromatológico Nacional (RBN), actualizado en 2002.
  • Res. Nº 1000/96 del 14 de marzo de 1996 y Res. Nº 796/98 del 16 de marzo de 1998. Reglamento para transporte de alimentos. IMM.
  • Res. Nº 2728/96 (del 17/06/96) y Res. Nº 2040/97 del 09/06/97. De los quioscos rodantes de venta de alimentos en la vía pública.

Soporte en normas regionales e internacionales

  • Norma Mercosur 96/80. Reglamento Técnico Mercosur sobre condiciones higiénico sanitarias y buenas prácticas de fabricación para establecimientos elaboradores/ industrializadores de alimentos (GMP).
  • CAC/RCP A-1969, rev. 1997,ad 199 - Codex Alimentarius "Código de Prácticas Internacionales Recomendadas para los Principios Generales de Higiene de los Alimentos".
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