Resolución N° 19/25/2500
Nro de Expediente:
2025-2550-98-000007
 
DESARROLLO ECONOMICO
Fecha de Aprobación:
12/2/2025


Tema:
FERIAS

Resumen:
Bases del llamado abierto para confeccionar listas de prelación para cubrir vacantes en los espacios de comercialización en ferias especiales de Parque Dr. Juan Zorrilla de San Martín - Villa Biarritz día sábado y Parque Rodó día domingo

Montevideo, 12 de Febrero de 2025.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con los espacios de comercialización en ferias especiales;

RESULTANDO: 1º.) que a través de la División Promoción Económica del Departamento de Desarrollo Económico, se convoca a formar listas de prelación para cubrir vacantes en los espacios de comercialización en ferias especiales;

2º.) que los espacios de comercialización en esta instancia son en feria especial Parque Dr. Juan Zorrilla de San Martín - Villa Biarritz día sábado y Parque Rodó día domingo;

3º.) que el Director General de Desarrollo Económico estima pertinente el dictado de Resolución en el sentido indicado precedentemente;

CONSIDERANDO: las facultades delegadas dispuestas por Resolución Nº 4255/20 del 1º de diciembre de 2020 de la Sra. Intendenta de Montevideo y confirmadas por Resolución Nº 2973/24 de 12 de julio de 2024;

EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE

DESARROLLO ECONÓMICO

RESUELVE:



1º- Aprobar las siguientes bases del llamado abierto para confeccionar listas de prelación para cubrir vacantes en los espacios de comercialización en ferias especiales de Parque Dr. Juan Zorrilla de San Martín - Villa Biarritz día sábado y Parque Rodó día domingo:

BASES: LLAMADO ABIERTO PARA CUBRIR

ESPACIOS DE COMERCIALIZACIÓN EN FERIAS ESPECIALES


1-OBJETIVO:

La Intendencia de Montevideo a través de la División Promoción Económica, del Departamento de Desarrollo Económico, convoca a personas interesadas para integrar listas de prelación para cubrir vacantes en los diferentes espacios de comercialización mencionados en el punto 2, estipulando la comercialización de productos que sean o incorporen mano de obra nacional y elaboración propia; ajustado a las bases de este llamado y la normativa nacional y departamental de aplicación al caso.

2-ESPACIOS:

Ferias especiales: Parque Dr. Juan Zorrilla de San Martín - Villa Biarritz - (Sábado)

Parque Rodó (Domingo)

3- INSCRIPCIÓN:

La inscripción se realizará a través de un formulario web, pudiendo optar por integrar una u otra de las listas, o ambas.

Las personas interesadas que cumplan los requisitos obligatorios del formulario podrán optar por inscribirse para el cupo general o, de aplicar, para los siguientes cupos:

    * Para el cupo Afrodescendiente, declaración jurada Ley Nº 19.122. (12%)
    * Para el cupo Personas con Discapacidad, constancia de estar inscripto/a en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad – MIDES. (8%)
    * Para el cupo Personas Trans, tarjeta Uruguay MIDES o acreditar cambio de nombre y sexo registral o haber iniciado dicho trámite. (4%)

4- REQUISITOS:
    * Personas físicas con documento de identidad vigente, mayores de 18 años al momento de la inscripción, residentes en Montevideo o área metropolitana (en este caso constituyendo domicilio en Montevideo).
    * Comercializar productos con mano de obra nacional y/o de elaboración propia, en caso de incumplimiento de este punto serán remitidos ante un tribunal de evaluación, dispuesto a éstos efectos.
    * Quienes ya cuentan con un espacio de comercialización dentro de los programas de las diversas reparticiones de la Intendencia de Montevideo y deseen inscribirse al presente llamado, deberán estar al día con las obligaciones que correspondiesen en el lugar que estén comercializando.
    * No ser propietario, arrendatario o poseedor de un local comercial o fabril.
    * No superar el ingreso por núcleo familiar a razón de un salario mínimo nacional por integrante.
    * De las personas sorteadas que cuenten con permisos de venta vigentes: a) en caso de incompatibilidad, deberán solicitar la baja del mismo al momento de tomar posesión de la nueva ubicación generada a través del presente sorteo. b) deberá cumplir con todos los requisitos formales exigidos en el presente llamado.
    * Quienes se inscriban a través de los cupos mencionados en el punto 3º de estas bases, en caso de ser convocados, deberán presentar las constancias correspondientes a cada situación. De no hacerlo, la persona perderá el derecho a ocupar la vacante disponible y se llamará al siguiente en la lista de prelación correspondiente respetando el criterio del cupo hasta agotar la lista.

5- PROHIBICIONES:
    * Se debe estar a lo previsto en el Art. D 2346.50 del Digesto Departamental: “Artículo D.2346.50 . Se prohíbe expresamente la venta de animales vivos, lentes, cigarrillos, medicamentos, bebidas alcohólicas y alimentos vencidos o no habilitados por la RUNAEV.
    * En caso de comercializar productos que requieran autorizaciones especiales deberán presentarlas al momento de adjudicación. En caso de no cumplir este requisito podrá ameritar la perdida del permiso otorgado.

6- LISTA DE PRELACIÓN, SORTEOS Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS:

Se confeccionarán las dos lista de prelación con las personas inscriptas, según su elección de lugar, a través de los sistemas informáticos que utiliza la IM para otros llamados y serán comunicadas en la página web de la IM.

Se respetará la lista de prelación, y sus cupos, para convocar a llenar vacantes en cada oportunidad que se genere una de forma fehaciente.

Cuando por el número de lugares para adjudicar no se realice sorteo, la adjudicación será del permiso, pero el lugar asignado se considerará libre para un futuro sorteo de elección de puestos.

Los sorteos para la elección de lugares ante convocatoria para cubrir vacantes se realizarán ante escribano público, con fecha y horario a determinar, siendo comunicados con los plazos correspondientes por la administración.

7- NOTIFICACIÓN:

Una vez notificada la adjudicación del espacio, la persona dispondrá de 5 (cinco) días hábiles para presentarse ante la Unidad Gestión Comercial (Edificio Anexo IM – Santiago de Chile 1238) a efectos de presentar la documentación requerida para ser titular. De no cumplirse, se procederá a la revocación de la adjudicación otorgada e ingresará la siguiente persona en la lista de prelación, considerando los cupos mencionados en el punto 3.

8- VIGENCIA DE LA LISTA:

La vigencia de la lista de prelación será de un año calendario a partir de su publicación, pudiéndose ampliar el período mediante Resolución de la Administración.

9 - USO DE INFORMACIÓN:

Al momento de la inscripción se podrá optar por autorizar a la Intendencia de Montevideo para usar la información para otras convocatorias de espacios de comercialización del Departamento de Desarrollo Económico u otras dependencias de la IM.

2º- Comuníquese al Departamento de Secretaría General, a la División Promoción Económica, al Servicio Convivencia Departamental y pase a la Unidad Gestión Comercial a sus efectos.

Sr. Gustavo Cabrera, Director General del Departamento de Desarrollo Económico.-