Resolución N° 228/20/4000
Nro de Expediente:
2018-4112-98-001018
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
27/10/2020


Tema:
VIABILIDAD DE USO

Resumen:
Se modifica el literal b) del numeral 1º de la Resolución Nº 189/20/4000 del 16/IX/20.-

Montevideo, 27 de Octubre de 2020.-
 
        VISTO: que Allones S.R.L., solicitó regularizar el establecimiento destinado a panificadora, ubicado en el predio empadronado con el Nº 8.522, sito con frente a la calle Carlos Gardel N° 1219;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 189/20/4000 del 16/IX/20 se autorizó con carácter precario y revocable la viabilidad de uso del referido establecimiento;
        2º) que el Servicio Contralor de la Edificación informa en el literal b) del numeral 1º debió especificarse que las tareas deberán realizarse dentro del predio;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia la modificación del citado acto administrativo en tal sentido;
        CONSIDERANDO: que se entiende conveniente proceder en consecuencia;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO URBANO
        RESUELVE:
        1º.- Modificar el literal b) del numeral 1º de la Resolución Nº 189/20/4000 del 16/IX/20 que quedará redactado de la siguiente manera: "b) las operaciones de carga y descarga de mercadería deberán realizarse dentro del predio, sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal, debiendo respetarse en todos sus términos lo establecido por Resolución Nº 1260/08 del 31/III/08 y específicamente las limitaciones previstas al transporte de carga dispuestas por Resolución Nº 2488/09 del 22/VI/09 y su modificativa Nº 1160/12 del 19/III/12;", manteniendo incambiados los restantes términos de la resolución.-
        2º.- Comuníquese al Municipio B, a las Divisiones Tránsito y Limpieza, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 1, de Ingeniería de Tránsito, a la Unidad de Logística y pase al Servicio Contralor de la Edificación.

Arqta. Silvana Pissano, Directora General.-