Resolución N° 3537/21
Nro de Expediente:
2021-5250-98-000058
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
20/09/2021


Tema:
VARIOS

Resumen:
REMATES - SE AUTORIZA A LA UNIDAD BIENES MUEBLES DEPENDIENTE DEL SERVICIO DE ALMACENES, A PROCEDER A LA SUBASTA DE MATERIALES ALLÍ DEPOSITADOS (LEY N°. 2.249), EL DÍA 23 DE OCTUBRE DE 2021.

Montevideo, 20 de Setiembre de 2021.-
 

                         VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Unidad Bienes Muebles;

                         RESULTANDO: 1º.) que solicita autorización para realizar una subasta de mobiliario, electrodomésticos y materiales cuyo detalle luce en obrados, según lo establecido en la Ley N° 2.249;

                                                      2º.) que la Gerencia Ejecutiva de Servicios de Apoyo se manifiesta de conformidad;

                                                      3º.) que se deberá solicitar la colaboración de 2 (dos) funcionarios/as de la Contaduría General para el desarrollo del remate;

                                                      4°.) que el Servicio de Prensa y Comunicación deberá realizar la difusión y publicación legal, durante 10 (diez) días, en dos diarios, uno de los cuales deberá ser el Diario Oficial;

                                                      5º.) que la subasta se realizará a partir de las 10 horas, el día 23 de octubre de 2021 en la Unidad Bienes Muebles, sita en la Av. Gral. Flores 3828 Bis;

                                                      6º.) que la exposición se realizará los días 21 y 22 de octubre de 2021, de 9 a 15 horas en el lugar referido;

                         CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución correspondiente;



LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Autorizar a la Unidad Bienes Muebles dependiente del Servicio de Almacenes, a proceder a la subasta de mobiliario, electrodomésticos y materiales allí depositados (Ley N°. 2.249), cuyo detalle luce en obrados.-

2º.- Establecer que los rematadores deberán además colaborar en la preparación y realización del remate y percibirán como única paga por sus servicios, en concepto de comisión, el 15 % (quince por ciento) del precio de venta, más IVA.-

3º.- Designar para actuar a la Asociación Nacional de Rematadores y Corredores Inmobiliarios, representada comercialmente por la empresa PANORMOS S.A. (Prov. Nº 96639), que deberá estar al día con sus obligaciones fiscales y a la cual se le abonará de acuerdo a lo estipulado en el convenio vigente con dicha institución.-

4º.- Disponer que en el acto de aceptación de la oferta los compradores deberán abonar, de acuerdo al monto subastado:
    a. La comisión correspondiente al pago de los servicios prestados por los rematadores la cual corresponde a un 15 % (quince por ciento) del precio de venta, más IVA.
    b. Una seña por el 30 % (treinta por ciento) del precio de venta.
    c. La comisión de los rematadores y la seña indicadas en los puntos a y b, deberán ser abonadas en el mismo acto de adjudicación del remate.
    d. El saldo, el cual se calcula de la siguiente forma: 70 % (setenta por ciento) del precio de venta + 2.62 % (dos con sesenta y dos por ciento) del precio de venta por concepto de la preparación y ejecución de la subasta, deberá ser abonado utilizando las siguientes opciones:
    Opción (1)
    - El 100 % (cien por ciento) del saldo en los Agentes de Cobranza Externos  (Abitab, RedPagos, etc.)
    - Retirar el bien presentando la boleta de pago de los Agentes de Cobranza Externos.
    Opción (2)
    - El 100 % (cien por ciento) del saldo a través de medios de pago habilitados según Art. 2 de la Ley Nº 19.210, Decreto Nº 350/017.
    - Transferencia bancaria o depósito bancario a cuenta corriente BROU que se indica en obrados
    - Cheques comunes cruzados no a la orden
    - Cheques de pago diferido cruzados del día de la fecha de pago
    - Letras de cambio cruzadas emitidas por una institución de intermediación financiera
    - Los cheques y la letras de cambio deberán entregarse en Caja ¨Legajos¨ de Tesorería General (piso 1) de la Intendencia de Montevideo.
    - En todos los casos, para retirar el bien deberán presentarse a las 72 (setenta y dos) horas hábiles de realizado su pago, en Tesorería General de la Intendencia de Montevideo, para certificar su ingreso en arcas de esta  Intendencia (con copia del movimiento efectuado).

5º.- Establecer que la Contaduría General procederá a la designación de 2 (dos) funcionarios/as para actuar en el mencionado remate.-

6º.- Disponer que el Servicio de Prensa y Comunicación procederá a realizar la difusión y publicación legal, durante 10 (diez) días, en 2 (dos) diarios, 1 (uno) de los cuales deberá ser el Diario Oficial y en dicha publicación se individualizarán las unidades y las condiciones del remate, procurando su mejor difusión.-

7º.- Establecer que la subasta se realizará a partir de las 10 horas, el día 23 de octubre de 2021 en la Unidad Bienes Muebles, sita en la Av. Gral. Flores 3828 Bis.-

8º.- Disponer que la exposición se realizará los días 21 y 22 de octubre de 2021, de 9 a 15 horas en el lugar referido.-

9º.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General, a la Contaduría General, a la Gerencia Ejecutiva de Servicios de Apoyo, al Servicio de Prensa y Comunicación, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 6º de la presente resolución, y pase a la Unidad Bienes Muebles, a sus efectos.-

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-