Resolución N° 3146/01
Nro de Expediente:
3120-000451-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
27/8/2001


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar el siguiente proyecto de Convenio a suscribirse con esta Comuna y la Federación Uruguaya de Fútbol, con el objeto de dar posibilidad de capacitación en Windows a jóvenes provenientes de las divisiones sub-20 y sub-17 de todos los clubes afiliados a la Asociación Uruguaya de Fútbol.-

Montevideo, 27 de Agosto de 2001.-
 
      VISTO: que la Comisión de Juventud, eleva actuaciones tendientes a la firma de un convenio con la Asociación Uruguaya de Fútbol;
      RESULTANDO: 1o.) que el mismo es a los efectos de dar posibilidad de capacitación de computación a jóvenes de divisiones inferiores de los clubes de fútbol;
      2o.) que asimismo las partes acuerdan aunar esfuerzos en el desarrollo de un proyecto educativo-social orientado a brindar capacitación en Windows, y la certificación correspondiente a jóvenes provenientes de las divisiones sub-20 a sub-14 de todos los clubes afiliados a la Asociación Uruguaya de Fútbol de primera y segunda división;
      3o.) que la División Salud y Programas Sociales se manifiesta de conformidad;

      CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Descentralización estima pertinente dictar resolución en tal sentido;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Aprobar el siguiente proyecto de Convenio a suscribirse entre esta Comuna y la Asociación Uruguaya de Fútbol, en los siguientes términos: CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los ...... días del mes de ................. del año dos mil uno, POR UNA PARTE, la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por ........................, con domicilio en esta ciudad en la Avda. 18 de Julio No. 1360, y por OTRA PARTE, la Asociación Uruguaya de Fútbol, en adelante la AUF, representada por ................................, con domicilio en esta ciudad en la calle Guayabo Nro. 1531, convienen celebrar lo siguiente: PRIMERO: OBJETO: Las partes acuerdan aunar esfuerzos en el desarrollo de un proyecto educativo-social, orientado a brindar capacitación en Windows ( Word, Excel e Internet) y la certificación correspondiente a jóvenes provenientes de las divisiones sub-20 a sub-14 de todos los clubes afiliados a la AUF de primera y segunda división. Para ello, se instalará un centro itinerante de capacitación donde se desarrollarán los cursos durante 2 (dos) meses, en cuatro turnos de 2 ( dos) horas para 30 ( treinta) beneficiarios, 6 ( seis) días a la semana, de los que, como mínimo 3 ( tres) serán destinados a jóvenes y los restantes a adultos mayores. Los cursos tendrán una carga de 50 ( cincuenta) horas. SEGUNDO: APORTE DE LA INTENDENCIA: La Intendencia a través de la Comisión de Juventud, aportará el equipamiento de PC y los docentes necesarios para el adecuado desarrollo de los cursos. TERCERO. APORTE DE LA AUF: La AUF a través del Consejo Juvenil de Montevideo asegurará al menos la participación de 120 ( ciento veinte) jóvenes por bimestre, definirá el itinerario de lugares a seguir; los clubes aportarán el local donde instalar el centro y asumirán la seguridad y los gastos de energía correspondiente. CUARTO: COORDINACION: El equipo coordinador del proyecto estará integrado por representantes de ambas partes y se reunirá periódicamente con el objetivo de evaluar la marcha de las actividades y proponer eventuales ajustes para el logro de las metas estipuladas. QUINTO: PLAZO: El presente Convenio tendrá una duración de un año a partir de su firma y podrá ser renovado automáticamente de acuerdo a evaluación de resultados efectuados por ambas partes. SEXTO: INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas, facultará a las partes a solicitar la rescisión unilateral; asimismo quedará sin efecto por decisión de cualquiera de las partes con una antelación de 30 ( treinta) días. Se acuerda como medio válido de comunicación el telegrama colacionado con aviso de recepción. Para constancia y en señal de conformidad las partes firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
      2.- Comuníquese a los Servicios de Relaciones Públicas, Prensa y Comunicación; Escribanía; Unidad de Convenios y pase a la Comisión de Juventud a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-