Resolución N° 3947/99
Nro de Expediente:
4113-020342-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
18/10/1999


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
Admitir condicionado obras Avda.Don Pedro de Mendoza N° 6044.-

Montevideo, 18 de Octubre de 1999.-
 
        VISTO: que por Permiso de Construcción Nº 4113-020342-98 se solicita regularizar las construcciones destinadas a estación de servicio con expendio de combustible, existentes en el predio empadronado con el Nº 92318, sito con frente a la Avda. Don Pedro de Mendoza N° 6044, según gráficos de la Arq. Enriqueta Sosa Scappa;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Estudios y Regulación Territorial informa que se trata de un predio esquina afectado totalmente por los ensanches y retiros vigentes y por lo que puede admitirse con carácter precario y revocable;
        2°) que el Servicio de Contralor de Edificaciones observa las condiciones de ventilación e iluminación de los locales Nos. 3, 11, 12 y 13, los cuales pueden ser admitidos como tolerancia dadas las mejoras planteadas por el técnico;
        3°) que el Servicio de Catastro y Avalúo estimó en 18,2851 U.R. el valor de 30 m2 de espacio público;
        4°) que la División Gestión Comercial estableció en 0,5000 U.R. la tasa mensual a abonar por la ocupación del referido espacio público;
        5º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia su autorización temporal condicionado a que: a) se deberán construir los pavimentos diferenciando los 3 accesos vehiculares graficados en plano que luce a fs. 44 de estas actuaciones (bloques de hormigón labrado); b) deberá colocarse jardineras en los límites del predio que no enfrentan dichos accesos vehiculares; c) deberá abonarse la tasa establecida por la División Gestión Comercial por el uso del espacio público y d) no se pagará indemnización por las obras que ocupan el área de ensanche en caso de expropiación;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde proceder de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar a la regularización de las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 92318, sito con frente a la Avda. Don Pedro de Mendoza N° 6044, según gráficos de la Arq. Enriqueta Sosa Scappa del Permiso de Construcción N° 4113-020342-98.-
        2º.- Tolerar su mantenimiento con carácter temporal, condicionado a que: a) se deberán construir los pavimentos diferenciando los 3 accesos vehiculares graficados en plano que luce a fs. 44 de estas actuaciones (bloques de hormigón labrado); b) deberá colocarse jardineras en los límites del predio que no enfrentan dichos accesos vehiculares; c) deberá abonarse la tasa establecida por la División Gestión Comercial por el uso del espacio público y d) no se pagará indemnización por las obras que ocupan el área de ensanche en caso de expropiación.-
        3º.- Disponer que el Servicio de Contralor de Edificaciones deje constancia en forma destacada en los gráficos y junto al sello de aprobación del mencionado Permiso de Construcción de lo resuelto en los numerales 1º y 2º del presente acto administrativo.-
        4º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, para conocimiento de la autoridad local competente, de Recursos Financieros y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DR. ALVARO RICHINO, Secretario General (I).-