Resolución N° 1488/00
Nro de Expediente:
4201-004723-00
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
2/5/2000


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la IMM y la Asociación de Pintores y Escultores del Uruguay (Artistas Visuales).-

Montevideo, 2 de Mayo de 2000.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Asociación de Pintores y Escultores del Uruguay-Artistas Visuales;
      RESULTANDO: 1o.) que las partes contratantes convienen en aunar esfuerzos en procura de mejorar y actualizar la lista de invitaciones para los eventos que se llevan a cabo en el Centro Municipal de Exposiciones (Subte) y en el Museo y Archivo Histórico Municipal (Cabildo);
      2o.) que por lo expuesto se sugiere se apruebe el proyecto de convenio que luce agregado a fs. 2 de estas actuaciones;
      CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de referencia;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:

      1.- Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Asociación de Pintores y Escultores del Uruguay- Artistas Visuales, en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, a los días del mes de de dos mil, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: la Asociación de Pintores y Escultores del Uruguay -Artistas Visuales, en adelante denominado A.P.E.U., representada por los Sres. Adolfo Sayago, C.I. No. 1789.607-4, Enrique Fernández Broglia y la Sra. Ivonne D'Acosta, con domicilio en la calle Dr. Raúl Baethgen No. 2296, quienes acuerdan lo siguiente: ANTECEDENTES: Las partes contratantes comparten el interés de contar con una lista de invitados actualizada para los eventos relacionados con las artes visuales. CLAUSULA PRIMERA: A.P.E.U.-Artistas Visuales se compromete a realizar y actualizar cada 3 (tres) meses durante el corriente año una lista de invitaciones para eventos de artes visuales incluyendo en ésta a las personas consideradas pertinentes por ambas partes, la cual será entregada como base de datos en programa de etiqueta al Departamento de Cultura de la IMM. CLAUSULA SEGUNDA: La IMM a través del Departamento de Cultura se compromete a enviar invitaciones a su propio cargo, para 5 (cinco) eventos promovidos por A.P.E.U.-Artistas Visuales. En dichas invitaciones figurará el Departamento de Cultura de la IMM de igual forma que A.P.E.U.-Artistas Visuales. La impresión de las invitaciones de referencia es de cuenta de A.P.E.U.-Artistas Visuales. CLAUSULA TERCERA: El no cumplimiento de las obligaciones contraídas, configurarán mora de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna. Una vez configurada la mora, la IMM podrá rescindir unilateral y administrativamente el convenio.
      De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
      2.- Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
      3.- Comuníquese a la Secretaría General, a la División Promoción y Acción Cultural, a los Servicios de Relaciones Públicas y Comunicaciones y Museos y Salas de Exposiciones, a la Unidad de Convenios y pase al Departamento de


      Cultura para la suscripción del convenio de referencia.-
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-