Resolución N° 3736/06
Nro de Expediente:
3120-001702-06
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
25/9/2006


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Convalidar lo actuado y aprobar el proyecto de Convenio a suscribirse entre esta Comuna y el Teatro El Galpón, con el objeto de realizar en las instalaciones del Teatro, la etapa de Actuaciones y Concursos correspondientes al 16o. Encuentro de Teatro Joven, en el marco de la Movida Joven 2006.-

Montevideo, 25 de Setiembre de 2006.-
 
        VISTO: que la Secretaría de Juventud gestiona la suscripción de un Convenio con el Teatro El Galpón;
        RESULTANDO: 1o) que el mismo tiene como objeto realizar en las instalaciones del Teatro, la etapa de Actuaciones y Concurso correspondientes al 16o. Encuentro de Teatro Joven, en el marco de la Movida Joven 2006;
        2o.) que la erogación resultante será atendida con cargo a la solicitud SEFI No. 92573;
        3o) que la División Políticas Sociales se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Asesoría Jurídica formula observaciones al texto original que han sido recogidas en el finalmente propuesto;
        2o.) que en el caso resulta aplicable lo dispuesto en el Art. 33, numeral 3, literal I) del TOCAF;
        3o) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social se expresa de conformidad;
        4o) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Convalidar lo actuado y aprobar el siguiente proyecto de Convenio a suscribirse entre esta Comuna y el Teatro El Galpón, en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, a los ...................., días del mes de .............................., del año dos mil seis, POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por ................., con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360, inscripta en el Registro Unico de Contribuyentes con el No. 21.176335.0018 y POR OTRA PARTE: El Teatro El Galpón, en adelante el Teatro, representado por ............................., con domicilio en ......................, convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: Es en el marco de las políticas sociales dirigidas a jóvenes de ambos sexos que la Intendencia a través de la Secretaría de Juventud viene realizando actividades artísticas, a efectos de fomentar entre éstos el arte en las diferentes formas y cultivar las potencialidades naturales de cada uno en ese sentido. A tales efectos se han venido realizando entre las partes Encuentros de Teatro y Danza Joven durante los años 2002, 2003, 2004 y 2005, los que han tenido un impacto altamente positivo entre los jóvenes y ha sido por lo tanto evaluado favorablemente.- SEGUNDO: OBJETO: El objeto del presente convenio es llevar a cabo en las instalaciones del Teatro la etapa de Actuaciones y Concurso correspondientes al 16o. Encuentro de Teatro Joven impulsado por la Secretaría de Juventud de la Intendencia Municipal de Montevideo.- TERCERO: INSTRUMENTACION: Las pruebas técnicas y las actuaciones en la etapa de actuación y concurso se llevarán a cabo en la Sala Uno, con asistencia técnica en sonido e iluminación que serán proporcionadas por el Teatro, entre las 17:00 y la 01:00 horas, de lunes a miércoles durante los meses de setiembre y octubre de 2006 ( a partir del 18 de setiembre y hasta el 11 de octubre).- CUARTO: OBLIGACIONES DEL TEATRO: Será responsabilidad del Teatro: a) designar un coordinador responsable del cumplimiento y seguimiento de las responsabilidades en conjunto con la Secretaría de Juventud; b) brindar apoyo técnico a los grupos de teatro en el momento de las actuaciones y pruebas técnicas; c) llevar a cabo la limpieza y el acondicionamiento de la sala, camerinos, hall y baños; d) coordinar conjuntamente con la Intendencia una visita guiada por la Sala Uno, con todos los grupos y proveer a los mismos de una planta de luces; e) contar con la cobertura de emergencia médica; f) asignar personal para tareas de porteros y acomodadores y g) proporcionar las instalaciones de la sala ( 700 (setecientas) butacas, 6 (seis) camerinos, entradas independientes).- QUINTO: OBLIGACIONES DE LA INTENDENCIA: La Intendencia se compromete a: a) designar un coordinador referente que esté presente durante todas las jornadas; b) realizar el seguimiento de las actividades y puesta en marcha del Encuentro en forma conjunta con el Teatro; c) responsabilidad frente a terceros y/o daños que devengan durante el evento; d) contar con personal de seguridad durante todas las jornadas con público y e) realizar la recepción durante todas la jornadas de los eventos, en las cuales la entrada al público será gratuita con invitación.- SEXTO: TRANSFERENCIAS: La Intendencia transferirá al Teatro, la suma de $ 125.000,oo ( pesos uruguayos ciento veinticinco mil) la que será entregada en dos partidas iguales de $ 62.500,oo (pesos uruguayos sesenta y dos mil quinientos), cada una, la primera se hará efectiva a la firma del presente Convenio y la segunda en el mes de octubre lo cual será solventado desde la actividad presupuestal 303000277 perteneciente a la Movida Joven.- SEPTIMO: PLAZO: El presente Convenio tendrá vigencia desde 1o. de setiembre y hasta el 1o. de diciembre de 2006.- OCTAVO: RESPONSABILIDADES DEL TEATRO: El Teatro asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre él y los profesionales contratados para la ejecución del programa, respecto de las cuales la Intendencia es por completo ajena.- NOVENO: MORA AUTOMATICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto u hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.- DECIMO: RESCISION DEL CONVENIO: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo del Teatro dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión del convenio por parte de la Intendencia, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan las sustanciación del procedimiento administrativo en la Intendencia, que el Teatro declara conocer y aceptar en todos sus términos.- DECIMO: PRIMERO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.- DECIMO SEGUNDO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza a su realización.- DECIMO TERCERO: REPRESENTACION El Teatro acredita la representación invocada según certificado expedido el.......por el Escribano............., el cual se adjunta. En prueba de conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2.- Delegar en el Director General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de suscribir el Convenio que por el numeral anterior se aprueba.-
        3.- Establecer que la erogación de referencia será atendida con cargo a la Solicitud SEFI No. 92573.-
        4.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; Divisiones Comunicación y Políticas Sociales; Servicios de Escribanía y Unidad Central de Presupuesto; y pase -por su orden- a la Contaduría General y a la Secretaría de Juventud.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-