Resolución N° 548/13
Nro de Expediente:
4232-001750-12
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
4/2/2013


Tema:
DONACIÓN MODAL

Resumen:
Aprobar las cláusulas de la donación modal a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación Civil "El Abrojo", referente al desarrollo de tareas de limpieza de museos departamentales descentralizados ubicados en diferentes zonas de Montevideo.

Montevideo, 4 de Febrero de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con las cláusulas de donación modal a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación Civil "El Abrojo", RUT Nº 214678490018;
        RESULTANDO: 1o.) que el objeto de la misma lo constituye el desarrollo de tareas de limpieza de museos departamentales descentralizados, ubicados en diferentes zonas de Montevideo;
        2o.) que en tal sentido se propone un proyecto de donación modal luciente de fs. 19 a 21 vta., el cual sometido al control jurídico formal de la Unidad Asesoría, recibió algunas observaciones, que se recogen en el proyecto final adjunto de fs. 30 a 32 vta., que se eleva para su aprobación;
        3o.) que en referencia a la observación jurídica relacionada con la cláusula quinta, literales A) y B), la abogada de la División Políticas Sociales, Dra. Margot Abril, informa con fecha 17 de diciembre de 2012 (fs. 33), que los literales en cuestión se mantienen, y el último de los mismos fue producto de un acuerdo realizado oportunamente, siendo interés de la Administración mantenerlo;
        4o.) que se efectuó la imputación preventiva, según Solicitud SEFI Nro. 153.886, correspondiente a 11 meses del presente ejercicio (fs. 34 y 35);
        CONSIDERANDO: que el Director General del


        Departamento de Cultura, solicita el dictado de resolución correspondiente;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el texto de donación modal a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación Civil "El Abrojo", en los siguientes términos:
        DONACIÓN MODAL: En la ciudad de Montevideo, a los.............. días del mes de ................. de dos mil trece, comparecen: POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo, (en adelante la IdeM), RUT. Nº 211763350018, con domicilio en la Avenida 18 de Julio No. 1360 de Montevideo, representada en este acto por ............... en su calidad de ............ y POR OTRA PARTE: La Asociación Civil "El Abrojo", (en adelante, la Asociación), RUT. Nº 214678490018, constituyendo domicilio en la calle Soriano Nº 1153 de esta ciudad, representada por ..........., titular de la C.I. Nº...... , en su calidad de ......... , convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: Antecedentes: I) La presente donación se enmarca en las políticas sociales que la IdeM desarrolla, las que se llevan a cabo mediante convocatorias a Organizaciones No Gubernamentales inscriptas en el Registro de la Unidad de Convenios creado según Resolución Nº 13.754/93. El objetivo es colaborar con aquellos sectores sociales que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral, como primera experiencia educativo - laboral, dirigida a jóvenes de 18 a 29 años, en condiciones de vulnerabilidad social, y desde la perspectiva de género aprobada en el 2º Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos entre Mujeres y Varones de la IdeM en situación vulnerabilidad socio económica, así como a mujeres jefas de hogar mayores de 30 años. La política de inclusión social apunta a la promoción de un proceso a través del cual el/la educando/a incorpore herramientas que colaboren para mejorar su condición. En este marco se conceptualiza el trabajo como instrumento pedagógico y socializador. De este modo, el trabajo constituye un ámbito estructurador que posibilita: a) adquirir hábitos de trabajo: responsabilidades, derechos y deberes, b) desarrollar y profundizar los vínculos en las diferentes situaciones laborales, responsabilidad, c) desarrollar procesos para el fortalecimiento de su autoestima en el reconocimiento de sus capacidades y potencialidades, d) estimular y desarrollar la integración a las diferentes redes sociales, que le sirvan de herramienta para su proyecto de vida. II) La Asociación, es una Institución no Gubernamental, sin fines de lucro. Es en el marco reseñado y dentro de su propio objetivo, que ésta propone la realización de experiencias educativo - laborales de jóvenes en el marco previsto y con las condiciones que la IdeM determina, en este caso para la limpieza de Museos situados en diferentes zonas de la ciudad. La IdeM acepta la propuesta presentada y conviene en llevarla a cabo por el plazo de un año mientras se procesa el nuevo llamado a ONGs.
        SEGUNDO: Objeto: La IdeM dona a la Asociación, la suma total de $ 4.422.314,00 (pesos uruguayos cuatro millones cuatrocientos veintidós mil trescientos catorce) la que se entregará de la siguiente forma: una partida inicial a los 10 (diez) días de celebrada esta donación modal por un monto total de $ 166.074,00 (pesos uruguayos ciento sesenta y seis mil setenta y cuatro) la que se entregará por única vez para la adquisición de maquinaria y vestimenta y no estará sujeta a ajustes económicos de tipo alguno durante el plazo contractual, y 4 (cuatro) cuotas de $ 1.064.060,00 (pesos uruguayos un millón sesenta y cuatro mil sesenta) siendo estas últimas ajustadas semestralmente de acuerdo al I.P.C, excepto en lo que corresponda a los haberes del personal de coordinación, las que ascienden a la suma de $ 24.616,00 (pesos uruguayos veinticuatro mil seiscientos dieciséis) mensuales, más la suma de $ 4.550,00 (pesos uruguayos cuatro mil quinientos cincuenta) mensuales, correspondiente a incidencias mensuales por aguinaldo, salario vacacional, licencia, los que se ajustarán por los aumentos que determine el Consejo de Salarios. La primera cuota se entregará conjuntamente con la partida inicial, la segunda tendrá vencimiento a los 90 (noventa) días de la primera, la tercera a los 90 (noventa) días de la segunda y la cuarta y última cuota a los 90 (noventa) días de la tercera. El dinero donado se aporta proporcionalmente a la cantidad de jóvenes y de locales. TERCERO: Modo: A efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación modal, detallados en el apartado I) de la Cláusula Primera, la IdeM impone a la Asociación el cumplimiento del siguiente modo: I) Desarrollar las tareas de limpieza de Museos departamentales descentralizados en diferentes zonas de Montevideo. A efectos de la coordinación de las tareas, la Asociación deberá comunicar a la IdeM el nombre de la persona que oficiará como interlocutor ante la dependencia departamental correspondiente. II) Seleccionar e incorporar a las tareas educativo - laborales a 20 (veinte) educandos titulares y 2 (dos) suplentes, los que las cumplirán de acuerdo al siguiente detalle: Los museos se encuentran situados en dos grandes corredores: Corredor Centro Ciudad Vieja y Corredor Prado. En el Corredor Centro Ciudad Vieja trabajarán 11 (once) educandos más un suplente, los que desarrollarán tareas de la forma siguiente: 5 (cinco) jóvenes en horario fijo de 12:00 a 18:00 horas de martes a domingos, uno en cada Museo a saber: Azulejo, MAPI, SUBTE, CABILDO Y MUMI, y los 6 (seis) titulares restantes en forma rotativa de la siguiente forma: lunes, miércoles y viernes de 07:00 a 13:00 horas, 2 (dos) jóvenes en el SUBTE, 2 (dos) en el AZULEJO, y 2 (dos) en el MUMI. Para los días martes, jueves y sábado los mismos jóvenes del ítem anterior trabajarán en el horario de 09:00 a 15:00 horas distribuyéndose los mismos en 3 (tres) para el MAPI y 3 (tres) para el CABILDO. El suplente cubrirá la ausencia de algún titular y desempeñará trareas de limpieza los días en que se realicen eventos, los cuales son llevados a cabo fuera del horario de atención al público. Para el Corredor Prado desarrollarán tareas en un total de 9 (nueve) titulares y un suplente de acuerdo al presente esquema: 6 (seis) educandos en horarios fijos de la forma siguiente: 2 (dos) educandos/as para el museo BLANES de martes a domingos, uno lo hará de 07:00 a 13:00 horas y el otro de 12:00 a 18:00 horas; 2 (dos) para el MUME de lunes a sábado de 12:00 a 18:00 horas; 2 (dos) para CASA DE LA CULTURA de lunes a sábado, 1 (uno) de 09:00 a 15:00 y otro de 12:00 a 18:00 horas; todos completarán 36 (treinta y seis) horas semanales. Los 3 (tres) titulares restantes trabajarán en régimen de rotación: los lunes, miércoles y viernes de 07:00 a 13:00 horas en el BLANES, los martes y jueves de 09:00 a 15:00 horas en el MUME y lo sábados de 07:00 a 13:00 horas en la CASA DE LA CULTURA. El suplente cubrirá la ausencia de algún titular y desempeñará trareas de limpieza los días en que se realicen eventos, los cuales son llevados a cabo fuera del horario de atención al público.
        Todos los educandos/as participantes de la presente donación modal realizarán 36 (treinta y seis) horas semanales de labor. Los educandos/as suplentes cubrirán las ausencias de los titulares cuando éstas se produzcan. III) Disponer de 1 (una) hora semanal de las asignadas a la coordinación para efectuar el seguimiento en cuanto a la rotación de los educandos y de las tareas asignadas. Asimismo deberá prever la presencia de educandos suplentes que se señalan en el numeral II), para cubrir los casos de ausencia de cualquiera de los titulares, a efectos de que no se resienta sensiblemente la tarea, los que en el caso percibirán el equivalente a las horas efectivamente trabajadas. IV) Hacerse cargo de la gestión de las tareas y su supervisión, tomándose como parte de las primeras, la compra de la vestimenta, insumos y accesorios para la limpieza, así como la locomoción que corresponda para el traslado de insumos. La supervisión estará a cargo de los coordinadores y éstos serán los que controlarán la eficacia de las tareas realizadas así como la asistencia de los educandos a su desempeño, así como a los cursos de capacitación cuya constancia deberá ser entregada al momento de presentación de la rendición de cuentas mensual. V) Realizar el seguimiento del proceso educativo, el que deberá corresponder en un todo a lo expresado en la propuesta pedagógica presentada, y asimismo ser realizado por un equipo técnico integrado por especialistas en distintas disciplinas sociales, respecto del cual presentado como propuesta, deberá asegurarse su permanencia. Producido algún cambio en el mismo deberá comunicarse en forma inmediata tal circunstancia, ante el Servicio respectivo. VI) Llevar los registros contables y presentar rendición de cuentas respecto de la partida anterior transferida dentro del mes inmediato anterior a cada partida subsiguiente; la misma deberá ser rendida mediante certificación contable con informe de revisión limitada de los gastos efectuados conforme al texto aprobado por Resolución Nº 5375/08 de la IdeM, las rendiciones deberán estar provistas de la documentación correspondiente que deje constancia del cumplimiento con los diferentes aportes a los organismos públicos y demás obligaciones legales que correspondan, con detalle de la utilización del dinero donado de acuerdo con los destinos previstos por esta donación, en la forma y condiciones que determine la IdeM. Las rendiciones de cuentas se presentarán ante el Servicio de Artes y Letras donde se efectuará un control primario de las mismas, siendo el secundario y definitivo el que realice la Contaduría General de la IdeM. La no presentación de la rendición de cuentas correspondiente a la partida anterior habilitará a la IdeM a retener la partida siguiente. VII) Exhibir los siguientes documentos: A) Declaración nominada de historia laboral (artículo 87 de la Ley Nº 16.713 de 3 de setiembre de 1995) y recibo de pago cotizaciones al organismo previsional. La historia laboral se excusará en relación a los/as educandos ya que se trata de una primera experiencia laboral formal. B) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad previsional que corresponda (artículo 663 de la Ley Nº 16.170 de 28 de setiembre de 1990). C) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. D) Planilla de Control de Trabajo, recibo de haberes salariales y en su caso, convenio colectivo aplicable. E) Datos personales de los participantes comprendidos en la ejecución del modo impuesto por la IdeM.
        CUARTO: Aceptación y Plazo: La Asociación acepta la donación modal y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir de su firma y por el plazo de un año.
        QUINTO: Contralor del Cumplimiento del modo: Contralor: La IdeM controlará: I) el cumplimiento de la ejecución del modo, el que será efectuado por los referentes de los Servicios Departamentales respectivos; quienes realizarán informes periódicos a los efectos de la evaluación correspondiente; II) que la Asociación presente informes semestrales ante el Servicio Artes y Letras, y éste último estará en coordinación con los aportes del referente de los Servicios respectivos, el Equipo Técnico de la Asociación, el educador y los jóvenes educandos. Asimismo, el Servicio Artes y Letras tendrá la responsabilidad de establecer las pautas necesarias para el seguimiento y evaluación de la propuesta pedagógica presentada por la Asociación; III) que las rendiciones de cuentas sean presentadas de acuerdo a lo estipulado en el punto VI) de la Cláusula Tercera; IV) que la Asociación cumpla con toda la legislación nacional vigente en la relación jurídica que se acuerde con los individuos que lleven adelante la ejecución de la donación modal y con los beneficiarios del mismo. Asimismo deberá dar cumplimiento a la presentación de toda la documentación reseñada en el numeral VII) de la Cláusula Tercera. La constatación de su incumplimiento en cualquier aspecto habilita a la IdeM a la inmediata rescisión de esta donación modal.
        SEXTO: Responsabilidades de la Asociación: La Asociación asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ella y los técnicos contratados para ejecución del programa, y entre ésta y los beneficiarios del mismo, así como las obligaciones legales y convencionales que por la misma pudieran generarse con otros organismos estatales, respecto de las cuales la IdeM es por completo ajena. Asimismo la Asociación indemnizará en caso de daños materiales o personales causados a funcionarios departamentales, o a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de los participantes del programa, por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en cumplimiento del modo.
        SÉPTIMO: Mora Automática: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el sólo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. OCTAVO: Rescisión: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la Asociación, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la IdeM, quedando ésta facultada a suspender en forma inmediata el pago de las sumas previstas en la cláusula segunda de la presente donación modal. Se considerará que la Asociación ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de diez días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la IdeM, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IdeM, que la Asociación declara conocer y aceptar.
        NOVENO: Indivisibilidad: Las partes acuerdan la indivisibilidad del objeto de las obligaciones contraídas en la presente donación modal hasta la total extinción de las mismas.
        DÉCIMO: Domicilios Especiales: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de esta donación modal, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.
        DÉCIMO PRIMERO: Comunicaciones: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización.
        DÉCIMO SEGUNDO: Representación: La Asociación acredita la representación invocada según ...... expedido el día ......, exhibido ante ....
        Y en prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
        2.- Delegar en el Director General del Departamento de Cultura la facultad de suscribir los convenios que por los numerales anteriores se aprueban.-
        3.- Establecer que la erogación resultante se encuentra prevista por imputación preventiva, correspondiente a once meses del presente ejercicio, según Solicitud SEFI Nro. 153.886, en la suma de $ 3.901.554,00 (pesos uruguayos tres millones novecientos un mil quinientos cincuenta y cuatro), con cargo al Derivado 278.000 "Mantenimiento de Limpieza, Aseo y Fumigación".
        4.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros, y Desarrollo Social; a la Divisiones Políticas Sociales, Información y Comunicación, y Asesoría Jurídica; al Servicio de Escribanía; a la Oficina Gestión Presupuestal del Departamento de Cultura; a la Unidad Convenios; y pase, por su orden - a la Contaduría General, y a la Oficina Central del Departamento de Cultura para la suscripción de la donación modal de referencia.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-