Resolución N° 4791/99
Nro de Expediente:
4500-003045-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
14/12/1999


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Convenio IMM-Ericsson Uruguay S.A., recapado Lima entre Avda. Gral. Rondeau y Cuareim.-

Montevideo, 14 de Diciembre de 1999.-
 
        VISTO: el interés puesto de manifiesto por Cía. Ericsson Uruguay S.A., tendiente al recapado de la calle Lima entre la Avda. Gral. Rondeau y la calle Cuareim;
        RESULTANDO: 1º) que como contrapartida solicita se le adjudique reserva de espacio frente a su establecimiento ubicado en la calle Lima Nº 1200, para el estacionamiento de 7 vehículos por el lapso de 3 años;
        2º) que el Servicio de Estudios y Proyectos Viales, de acuerdo al Pliego de Condiciones Particulares para la Ejecución de una Carpeta Asfáltica, que luce de fs. 5 a fs. 13 de estas actuaciones, informa que el costo estimativo de las obras es de $ 214.000,oo incluidos Impuesto al Valor Agregado y aportes por Leyes Sociales;
        3º) que por su parte la División Tránsito y Transporte, sobre la base de lo solicitado (7 espacios) y teniendo en cuenta los valores actuales correspondiente al costo mensual de las reservas de espacios para estacionamiento de vehículos, estima el valor de los servicios por dicho período en 2.822,40 U.R. más tasa de señalamiento de 16 U.R.;
        4º) que la División Vialidad propicia suscribir un convenio concediendo 6 espacios para estacionamiento por el plazo solicitado, destacando que se cursó comunicación al interesado conteniendo el proyecto de convenio a celebrarse;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que la propuesta presentada contempla adecuadamente los objetivos de esta Administración, de posibilitar la concreción de obras mediante acciones pública-privadas, por lo que corresponde la aprobación del convenio respectivo;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar el siguiente texto de Convenio a celebrarse entre esta Intendencia Municipal y Cía Ericsson Uruguay S.A.:
        PROYECTO DE CONVENIO
        CONVENIO.- En la ciudad de Montevideo a los ......... días del mes de ............. de ...................., POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo (en adelante la Intendencia), con domicilio en la Avda. 18 de Julio N° 1360, representada por ...................... y POR OTRA PARTE: Cía Ericsson Uruguay S.A. (en adelante la Empresa) con domicilio en Plaza de Cagancha Nº 1335, Piso 11, Of. 1102, representada por el Sr. Lars Linden, C.I. Nº en su carácter de Vicepresidente.- CONVIENEN: en la celebración de lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES.- La Empresa ha manifestado su interés en promover el reacondicionamiento de la calle Lima entre la Avda. Gral. Rondeau y la calle Cuareim, a los efectos de mejorar dicha vía de circulación, la cual se encuentra deteriorada. Asimismo la Empresa está realizando contactos con otras áreas municipales a los efectos de instalar una garita de guardia de seguridad en la esquina de las calles Lima y Cuareim, así como también de realizar la poda de árboles, todo lo cual se entiende que redundará en beneficio de la zona.- SEGUNDO: OBJETO.- El objeto del presente convenio es establecer que la Empresa realizará a su entero costo, las obras de recapado de la calle Lima entre la Avda. Gral. Rondeau y la calle Cuareim. el cual deberá seguir las especificaciones técnicas elaboradas por el Servicio de Estudios y Proyectos Viales, de acuerdo al Pliego de Condiciones Particulares para la Ejecución de una Carpeta Asfáltica, que luce de fs. 5 a fs. 13 del expediente Nº 4500-003045-99, bajo la dirección técnica del Servicio de Construcciones Viales, ambos servicios dependientes de la División Vialidad.- TERCERO: CONTRAPARTIDA.- La Intendencia, como contrapartida, otorgará a la Empresa 6 (seis) reservas de espacio para el estacionamiento de vehículos, de 7 (siete) mts. de largo c/u las que se ubicarán: 2 (dos) sobre la calle Cuareim esquina Lima y 4 (cuatro) sobre la calle Lima esquina Cuareim. Las señalizaciones correspondientes a las reservas serán efectuadas por el Servicio de Ingeniería de Tránsito de la División Tránsito y Transporte.- CUARTO: COMUNICACIONES .- Toda notificación, comunicación o aviso, cualquiera fuere su contenido que se dé bajo este convenio, deberá ser efectuada por escrito y a través de carta con constancia de recibo, fax. telex u otro medio idóneo que diere certeza de su realización, a los domicilios que lucen en la comparecencia.- QUINTO: MARCO .- El presente convenio se enmarca dentro de lo dispuesto por Decreto Departamental Nª 25.398 del 19/XII/91. Para constancia y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2º.- Delegar en el Sr. Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la suscripción del Convenio que por la presente resolución se aprueba.-
        3º.- Comuníquese al Departamento Descentralización para conocimiento de la autoridad local competente, al Servicio de Ingeniería de Tránsito y pase por su orden al Departamento de Acondicionamiento Urbano y al Servicio de Construcciones Viales.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-