Resolución N° 3689/19
Nro de Expediente:
2018-3260-98-001206
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
29/7/2019


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Se autoriza a Pentabal S.A., con carácter precario y revocable, el uso del espacio público ubicado frente al predio empadronado con el Nº 96.783 sito en la Avda. Ing. Luis P. Ponce entre las calles Silvestre Blanco y Charrúa para las instalaciones destinadas a oficina y show room estrictamente mientras dure la etapa de obra del proyecto descrito en el Expediente Nº 2018-6410-98-0006377.-

Montevideo, 29 de Julio de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las obras realizadas en el predio empadronado con el Nº 96.783 frente a la Avda. Ing. Luis P. Ponce entre las calles Silvestre Blanco y Charrúa;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 informa que con fecha 3/XII/18 se constató un incumplimiento de las condiciones de ocupación de espacio público frente al predio mencionado;
        2º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) para el padrón de referencia existe un permiso de construcción (Expediente Nº 2018-4118-98-000019) por lo cual no se está ante la situación de una obra sin permiso no correspondiendo su paralización; b) sobre la Avda. Ing. Luis P. Ponce existe una vereda de 10 m de ancho aproximadamente sobre la cual se está construyendo “un obrador” de bloque, revestimiento de yeso y fachada vidriada con destino a show room, dicha construcción tiene un largo aproximado de 20 m (continuándose el vallado en el resto del frente del padrón con una barrera de chapa); c) el pasaje peatonal frente a esta construcción es de 1,4 m no ajustándose a normativa y d) no se observa la existencia de materiales de obra sobre el pasaje peatonal y el portón de acceso tiene apertura en ambos sentidos (hacia el interior y exterior);
        3º) que el 8/IV/19 el técnico actuante presentó nota informando que: a) se está ejecutando la construcción del proyecto descrito en el Expediente Nº 2018-6410-98-0006377; b) dicha construcción implica la excavación de la totalidad del predio, motivo por el cual todos los locales que sirven de soporte a la obra (vestuarios, comedor, obrador, acopio de materiales, etc.) se ubican sobre la vereda de la Avda. Ing. Luis P. Ponce; c) se tuvo en consideración lo establecido en el Capítulo IV del Digesto Departamental, De las Barreras y se presentó ante el Departamento de Movilidad la solicitud de entarimado en los sectores donde es requerido para asegurar el correcto pasaje de peatones; d) dentro de las construcciones transitorias que se han implantado en el espacio público, se destaca un local con destino a la atención de clientes, equipo técnico y proveedores (salón de ventas) y e) debido a que la normativa no prevé la instalación de tal tipo de locales, solicita se le otorgue el permiso, a modo de excepción, para la instalación de dicho local durante el período de la obra en tanto es de carácter transitorio y se demolerá una vez finalizada la obra;
        4º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones manifiesta que: a) podría autorizarse el mantenimiento de dicho local estrictamente mientras dure la etapa de obra, condicionado a la aprobación del Servicio de Ingeniería de Tránsito y en la medida que no existan denuncias de molestias a terceros/as por la ocupación del espacio público; b) se sugiere el pago de un canon de 20 U.R. mensuales por el tiempo de uso del espacio público que ocupa las instalaciones destinadas a oficina y show room; c) el pago de la suma antes referida se gestionará en el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño y d) el técnico actuante prestó conformidad al referido canon según consta en estas actuaciones;
        5º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que: a) se tramitó y autorizó un entarimado en una longitud de 6 m (expediente Nº 2018-4711-98-000777) que resolvió el espacio mínimo libre para circulación peatonal en el punto donde existe una columna de alumbrado que interfería con ese espacio; b) en el resto del tramo, el técnico interviniente entendió que si bien existían algunas zonas puntuales de todo el frente del padrón con ancho libre algo menor a lo requerido por normativa (ancho variable entre 1,20 m y 1,80 m), se daban condiciones aceptables para la circulación peatonal, por lo que no se exigió en esa instancia el entarimado en una longitud mayor; c) en tal circunstancia se definió exigir la tramitación de un nuevo entarimado en una longitud de 21 metros frente a la zona donde está construido el show room dado que allí es donde se tenía el menor ancho de vereda libre; d) dicho entarimado adicional al que ya existía y que se mantiene, se tramitó por expediente Nº 2019-4711-98-000287 y e) con tal medida se cumplen las exigencias normativas competentes a este Servicio;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Desarrollo Urbano entiende que corresponde dictar resolución en forma debidamente condicionada;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a Pentabal S.A., con carácter precario y revocable, el uso del espacio público ubicado frente al predio empadronado con el Nº 96.783 ubicado en la Avda. Ing. Luis P. Ponce entre las calles Silvestre Blanco y Charrúa, para las instalaciones destinadas a oficina y show room estrictamente mientras dure la etapa de obra del proyecto descrito en el Expediente Nº 2018-6410-98-0006377.-
        2º.- Establecer que la referida autorización estará sujeta a las siguientes condiciones:
        a) la constatación de que no existan denuncias de molestias a terceros por la ocupación del espacio público;
        b) el pago de un canon de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) mensuales a partir de la notificación de la presente Resolución por el tiempo de uso del espacio público cuyo pago se gestionará en el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño.-
        3º.- Comuníquese al Municipio CH, al Departamento de Recursos Financieros, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 5, de Planificación, Gestión y Diseño, Ingeniería de Tránsito y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones para la notificación a las personas interesadas.-
JUAN CANESSA, Intendente de Montevideo (I).-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-