Resolución N° 240/12/1500
Nro de Expediente:
4711-001780-12
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
16/7/2012


Tema:
RESERVA DE ESPACIO

Resumen:
Conceder reserva de espacio al Hotel Urban Express, en la calle Andes frente al Nº 1491, en una longitud de 14 metros, para su uso todos los días, sin límite de horario; en el marco del nuevo Convenio suscripto por Resolución Nº 3979/11 del 29/08/11, entre esta Intendencia y la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay (AHRU).

Montevideo, 16 de Julio de 2012.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por parte del Hotel Urban Express, tendiente a obtener una reserva de espacio en la calle Andes, frente al Nº 1491 en el marco del nuevo Convenio suscripto por Resolución Nº 3979/11 del 29/08/11, entre esta Intendencia y la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay (AHRU);
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que puede accederse a lo solicitado, con carácter precario y revocable, en la calle Andes frente al Nº 1491, en una longitud de 14 (catorce) metros, para su uso todos los días, sin límite de horario;
        2º) que de acuerdo con lo dispuesto en el Art. R.424.122, literal e), del Volumen V "Tránsito y Trasporte" del Digesto, la peticionante está exonerada del pago del costo mensual, en virtud del convenio antes mencionado;
        CONSIDERANDO: 1º) que la División Tránsito y Trasporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111 numeral 10 del Volumen V "Tránsito y Trasporte" del Digesto;
        2º) que por Resolución Nº 3087/10 del 12 de julio de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección del Departamento de Movilidad la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de
        vehículos o carga y descarga de mercaderías;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE MOVILIDAD
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.-Conceder reserva de espacio al Hotel Urban Express, en la calle Andes frente al Nº 1491, en una longitud de 14 (catorce) metros, para su uso todos los días, sin límite de horario.
        2.- La misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará para estacionamiento de vehículos, estando exonerada del pago de las tarifas previstas, en virtud del Convenio suscripto por Resolución Nº 3979/11 del 29 de agosto de 2011, entre esta Intendencia y la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay (AHRU).
        3.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a efectos del cese respectivo.
        4.- Comuníquese al Municipio B, a la División Turismo, al Servicio de Vigilancia y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.

GERARDO URSE, Director General del Departamento de Movilidad.-