Resolución N° 3769/10
Nro de Expediente:
4149-000893-09
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
19/8/2010


Tema:
VIVIENDAS

Resumen:
Conceder, con carácter precario y revocable, la custodia de los predios de propiedad de esta Intendencia empadronados con los Nºs. 4.614, 4615 y 4616, a la Federación Unificadora de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua, hasta tanto no sea adjudicado para la construcción de viviendas de la Cooperativa de Vivienda "La Kolonia".- Proyecto de Decreto a la Junta Departamental, autorizando la enajenación de los referidos padrones a dicha Cooperativa.-

Montevideo, 19 de Agosto de 2010.-
 
        VISTO: que se han fusionado las Cooperativas de Viviendas Los Coperos y La Kolonia, para la elaboración de una propuesta en común de viviendas bajo el nombre de la última de las nombradas;
        RESULTANDO: 1º) que fue otorgada la custodia de los predios Padrones Nºs. 4614, 4615 y 4616 a FUCVAM, según Resoluciones Nos. 941/09 del 1//III/09, 1367/09 del 13/IV/09 y 3342/09 del 10/VIII/09, para destinarlos a la construcción de las viviendas de las Cooperativas La Kolonia, Covidih, La Cobija y Los Cooperos, de las cuales dos de ellas desistieron de su propuesta y las restantes se fusionan;
        2º) que el Servicio de Tierras y Vivienda informa que: a) por expediente Nº 4149-002288-09 se tramita la unificación de los mencionados padrones conjuntamente con el Padrón Nº 4615 para ser enajenados a la nueva Cooperativa de Viviendas La Kolonia; b) el precio total del terreno a adjudicarse es de 3.294,2601 U.R., según tasación practicada por la Dirección Nacional de Catastro el 24/III/09, que consta a fs. 14 del expediente Nº 4149-000537-09, el cual fue aceptado por la Cooperativa según nota del 26/V/10 y c) por lo expuesto corresponde otorgar la custodia de los tres predios a FUCVAM y propiciar su enajenación por el precio referido, siendo su pago al contado mediante transferencia directa del MVOTMA a la cuenta extrapresupuestal de la Cartera de Tierras Nº 11300566;
        3º) que la División Tierras y Hábitat comparte el criterio sustentado por el Servicio competente;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde conceder una nueva custodia y solicitar anuencia a la Junta Departamental de Montevideo respecto de
        la enajenación propuesta;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Nos. 941/09 del 17/III/09, 1367/09 del 13/IV/09 y 3342/09 del 10/VIII/09, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Conceder, con carácter precario y revocable, la custodia de los predios de propiedad de esta Intendencia empadronados con los Nºs. 4614, 4615 y 4616, ubicados con frente a la calle Piedras Nº 663 y Bartolomé Mitre Nºs. 1556/64 respectivamente, a la Federación Unificadora de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua (FUCVAM), hasta tanto no sea adjudicado para la construcción de viviendas de la Cooperativa de Vivienda "La Kolonia".-
        3º.- Establecer que la referida Federación deberá hacerse responsable de mantener el predio en perfecto estado de higiene y libre de intrusos.-
        4º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo para enajenar los predios de su propiedad empadronados con los Nºs 4614, 4615 y 4616 ubicados con frente a la calle Piedras Nº 663 y Bartolomé Mitre Nºs. 1556/64 respectivamente, a la Cooperativa de Vivienda "La Kolonia".-
        Artículo 2°.- Establécese como precio de enajenación la suma de 3.294,2601 U.R., (tres mil doscientas noventa y cuatro unidades reajustables con dos mil seiscientas una diezmilésimas) siendo su pago al contado mediante transferencia directa del MVOTMA a la cuenta extrapresupuestal de la Cartera de Tierras Nº 11300566.-
        Artículo 3º.- Comuníquese.-
        5º.- Comuníquese al Municipio B, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1, a la División Tierras y Hábitat y pase a la Secretaría General para su remisión,





        sin más trámite, a la JuntaDepartamental de Montevideo.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-