Resolución N° 523/17/1000
Nro de Expediente:
2017-1510-98-000044
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
24/8/2017


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 54 a la empersa Drizelor SA, RUT 21 6773900011, responsable de la obra ubicada en Maldonado 1938, padrón No. 16059.-

Montevideo, 24 de Agosto de 2017.-
 
        VISTO: estas actuaciones iniciadas por el Servicio Central de Inspección General, expresando que ha comprobado la ejecución de Obras de Construcción sin Permiso, responsabilidad de la empresa Drizelor SA, RUT 21 6773900011, ubicada en Maldonado 1938, padrón No. 16059;
        RESULTANDO: 1o.) que el 10/7/17 el precitado Servicio solicita el dictado de resolución por la cual se sancione a la responsable de la referida obra, con la suma de UR 54, de acuerdo a lo previsto en el Art. 24 del Decreto No. 21.626 ya que el 29 de mayo del año en curso se constató la violación a la paralización de obra, labrándose el Acta No. 12713;
        2o.) que el 16 de agosto ppdo. la Prosecretaría General de conformidad remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3248/15 de 9/7/15, se delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 54 (unidades reajustables cincuenta y cuatro) a la empersa Drizelor SA, RUT 21 6773900011, responsable de la obra ubicada en Maldonado 1938, padrón No. 16059, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios de Gestión de Contribuyentes, de Contralor de la Edificación, Centro Comunal Zonal Nº 2 y pase al Servicio Central de Inspección General -para la notificación correspondiente- y demás efectos.-

FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-