Resolución N° 151/09/1000
Nro de Expediente:
9079-002488-09
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
25/3/2009


Tema:
CLAUSURAS

Resumen:
Levantar la clausura dispuesta por Resolución No.116/08/1000, de 12 de marzo de 2009, al local "Barba Roja", ubicado en Av. Luis A. de Herrera 1154, responsabilidad de la empresa Delafix S.A. RUT 21 1299990018.-

Montevideo, 25 de Marzo de 2009.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 116/09/1000, de 12 de marzo de 2009, se dispuso clausurar, por el término de 30 días, el local "Barba Roja", ubicado en Av. Luis A. de Herrera 1154, responsabilidad de la empresa Delafix S.A. RUT 21 1299990018, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que dicha clausura fue motivada porque no se contaba con el permiso correspondiente para música y no se estaba dando cumplimiento a lo intimado con fecha 12/9/08, y que el 2/12/08, se recibe el Exp. 9079-010192-08, del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, relacionado con denuncias de ruidos, habiéndose constatado que el local tenía música en vivo en planta baja;
        2o.) que el 19/3/09, el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, informa que el 18 de marzo, siendo las 22 horas, se procedió a realizar una prueba acústica al citado local, y en el momento de realizar la misma, la fuente fue fijada en 110 -115 db (A). Los niveles medidos en la casa del denunciante superaron el ruido de fondo excepto cuando se realizaron mediciones en la Planta Alta del local con las ventanas y puertas cerradas en ambas plantas;
        3o.) que por lo expuesto se concluye que de acuerdo a la prueba realizada, acústicamente el local está apto para funcionar en la Planta Alta con música en vivo y discoteca, manteniendo cerradas todas las aberturas de ambos niveles y el cerramiento que los comunica; la Planta Baja no reúne las condiciones para ningún tipo de música (ni en vivo, ni discoteca, ni funcional), razón por la cual, si se cumplen con estas disposiciones, desde el punto de vista acústico no existen objeciones para que pueda funcionar el mencionado local;
        4o.) que el 23/3/09, la Dirección del Servicio Central de Inspección General, en virtud del tenor del informe precedente, remite estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por el inciso b) del numeral 1º de la Resolución No. 3227/05, de 13/VII/05, el señor Intendente Municipal delegó en el Secretario General, la facultad de autorizar la rehabilitación de locales cuyo funcionamiento hubiera sido impedido por haberse constatado infracciones a la normativa municipal que regula su actividad;
        2o.) que la Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1. Levantar la clausura dispuesta por Resolución No.116/08/1000, de 12 de marzo de 2009, al local "Barba Roja", ubicado en Av. Luis A. de Herrera 1154, responsabilidad de la empresa Delafix S.A. RUT 21 1299990018, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2. Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, a la Junta Local de la Zona No. 5 y pase al Servicio Central de Inspección General (Unidad Clausuras), para la notificación correspondiente.-

DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I.).-