Resolución N° 605/22/1000
Nro de Expediente:
2021-5220-98-000961
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
1/8/2022


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 54 a la firma Ussel SA, responsable del local ubicado en Av. Bolivia N.º 1595, por constatación de existencia de mercadería vencida para su comercialización.-

Montevideo, 1 de Agosto de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local ubicado en la calle Av. Bolivia N.º 1595, responsabilidad de la firma Ussel SA;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató, en el lugar de referencia, la existencia de mercadería vencida para su comercialización, labrándose el acta N.º 41862 de 20/03/21;
        2o.) que de acuerdo a lo establecido en el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental se otorgó vista a efectos de la formulación de descargos;
        3o.) que el estudio de los descargos insumió un tiempo prolongado debido a las circunstancias del caso, no siendo de recibo los presentados;
        4o.) que en tal sentido el mencionado Servicio sugiere aplicar una multa de UR 54 por infringir lo dispuesto por el Decreto 315/994 (Reglamento Bromatológico Nacional), el artículo D.895, inc. f) del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social) del Digesto Departamental y el artículo 4, ap. A), num. 3, inc. f) del Régimen Punitivo Departamental, Decreto N.º 21.626);
        5o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución sancionatoria;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto No. 34.134, de 12/4/12 y la Resolución No. 2287/13, de 3/6/13;
        2o.) que por Resolución No. 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 54 (unidades reajustables cincuenta y cuatro) a la firma Ussel SA, RUT 214214350013, con domicilio en Av. Bolivia N.º 1359, domicilio electrónico nmurias@frog.com.uy, responsable del local ubicado en Av. Bolivia N.º 1595, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio E, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal N.º 8, y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-