Resolución N° 1855/12
Nro de Expediente:
2300-000372-12
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
8/5/2012


Tema:
EXONERACION - EDIFICACION INAPROPIADA

Resumen:
Se remite a la Junta Departamental de Montevideo un Proyecto de Decreto para facultar al Ejecutivo Departamental a exonerar por el ejercicio 2012, el 100% del Impuesto a la Edificación Inapropiada a las unidades que integren a la fecha el inmueble padrón Nº 417.168.

Montevideo, 8 de Mayo de 2012.-
 
        VISTO: la situación del padrón Nº 417.168, el que fue gravado con el Impuesto a la Edificación Inapropiada a partir del ejercicio 2010;
        RESULTANDO: 1º) que en dicho inmueble se emplaza el edificio Terrazas del Palacio (ex edificio de Alpargatas S.A.) el que presenta la particularidad de estar culminadas y ocupadas por sus promitentes compradores, varias de las unidades habitacionales proyectadas, las que a su vez coexisten con el resto del proyecto arquitectónico sin ejecutar, aspecto que determinó la aplicación del citado tributo a la Edificación Inapropiada;
        2º) que al existir unidades terminadas corresponde tributar por unidades independientes, habiéndose cursado las respectivas facturas a las unidades, inmuebles que simultáneamente fueron gravados con el Impuesto a la Edificación Inapropiada;
        3º) que la Agencia Nacional de la Vivienda (ANV) ha comenzado un proceso tendiente a la culminación de todo el proyecto edilicio aprobado para el inmueble, en el marco de un programa global de regularización de la situación jurídica y edilicia de varios conjuntos habitacionales, lo que llevó a propiciar el dictado de un decreto departamental por el que se facultara a este Ejecutivo a reliquidar las deudas aplicando una multa por mora del 10% y un recargo del 1% mensual capitalizable a los inmuebles y estructuras inconclusas que recupere la ANV, lo que fue aprobado por Decreto de la Junta Departamental Nº 34.036 de 15 de diciembre de 2011;
        4º) que el art. 11º del Decreto Nº 33.544 estableció una reducción del 75 % en el monto del Impuesto a la Edificación Inapropiada y de la multa y recargos por mora generados, para los inmuebles respecto de los cuales se apruebe dentro del plazo de un año Permiso de Construcción que habilite la consecución de las obras, en mérito a lo cual el padrón matriz Nº 417.168 fue exonerado en dichos términos en el ejercicio 2011;
        5º) que la referida exoneración se condicionó a la aprobación definitiva del permiso de construcción, el que en el caso fue aprobado el 11 de abril de 2012, ya acaecido el hecho generador el l de enero de 2012;
        6º) que atendiendo a las diversas prórrogas de vigencia que tuvo el Decreto Nº 33.544, el plazo de un año establecido en dicha norma vence el 28 de abril de 2012, por lo que, corresponde exonerar en iguales términos por el presente ejercicio;
        7º) que en base a los extremos mencionados la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros se inclina por propiciar un proyecto de decreto por el que se exonere del 100% del referido tributo por el ejercicio 2012;
        CONSIDERANDO: la importancia del proyecto urbanístico y arquitectónico para la revitalización del Barrio Goes, y fundamentalmente la situación de los promitentes compradores que ven


        agravada su situación contributiva por el retraso a ellos no imputable de la culminación de las obras;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración del Legislativo Departamental el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1°.- Facúltase al Ejecutivo Departamental a exonerar por el ejercicio 2012, el 100% del Impuesto a la Edificación Inapropiada a las unidades que integren a la fecha el inmueble padrón Nº 417.168.-
        Artículo 2o.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
PROF. MARIA SARA RIBERO, Intendenta de Montevideo (I).-
RICARDO PRATO, Secretario General.-