Resolución N° 3498/16
Nro de Expediente:
2016-1001-98-000660
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
8/8/2016


Tema:
PROYECTO DE DECRETO

Resumen:
Se remite a la Junta Departamental de Montevideo Proyecto de Decreto para aplicar una multa de UR 108 al Sr. Ciro Angel Marino Monzillo, propietario de la obra ubicada con frente a la Av. José Belloni 6820, por violación de paralización de obras (segunda reincidencia).-

Montevideo, 8 de Agosto de 2016.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con las obras desarrolladas en el padrón No. 92632, ubicadas con frente a la Av. José Belloni 6820, propiedad del Sr. Ciro Angel Marino Monzillo;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 116/14/6000, de 22/8/14, modificada por la No. 40/15/6000, de 27/3/15, se dispuso en forma urgente la clausura de la actividad y la paralización de obras, aplicándose posteriormente por Resoluciones Nros. 296/16/1000, de 19/4/16 y 3231/16 de 25/07/16 multas de UR 54 y 81 por violación de clausura;
        2o.) que el Servicio Central de Inspección General señala que en inspección realizada por Orden de Servicio Nº 403914, se constató que continúan desarrollándose actividades, pese a mantenerse la clausura dispuesta, razón por la cual solicita la aplicación de una multa de UR 108, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 22 del Decreto No. 21.626, por tratarse de segunda reincidencia;
        3o.) que el precitado Servicio y la Prosecretaría General remiten las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;
        CONSIDERANDO: 1o.) que de acuerdo con los términos de la Resolución Nº 477/87 del 22/1/87 y la Ley Orgánica Nº 9.515 del 28/10/35 en su Art. 19, numeral 30, por las multas comprendidas entre 70 UR y 350 UR corresponde, previo a su aplicación, solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;
        2o.) que el Decreto N° 23.708, de la Junta Departamental de Montevideo, promulgado por Resolución N° 8752/87, de 28/9/87, fija en Unidades Reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales, hasta los máximos autorizados por las disposiciones vigentes en la materia;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO:
        Artículo 1o. Facúltase a la Intendencia de Montevideo para aplicar una multa de UR 108 (UNIDADES REAJUSTABLES CIENTO OCHO) al Sr. Ciro Ángel Marino Monzillo, C.I. 1.027.762-5, domiciliado en Av. José Belloni 5547, titular de la obra ubicada con frente a la Av. José Belloni No. 6820, por violación de paralización de obras (segunda reincidencia) de acuerdo a lo establecido en el Art. 22 del Decreto No. 21.626, de 23/4/84.-
        Artículo 2o. Comuníquese.-
        2.- Comuníquese al Servicio Central de Inspección General y cúmplase lo dispuesto en el numeral 1o.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-