Resolución N° 837/07/4000
Nro de Expediente:
2500-009864-07
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
26/10/2007


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Asociación de Feriantes de Ferias Especiales solicita autorización para la colocación de un pelotero para los niños, los días sábado en forma gratuita, no pudiendo poseer propaganda alguna, en la feria de Villa Biarritz en la zona de las calles Leyenda Patria entre Gonzalo de Orgaz y Caracé.-

Montevideo, 26 de Octubre de 2007.-
 
        VISTO: la solicitud de la Asociación de Feriantes de Ferias Especiales para que se le conceda autorización para la instalación de un pelotero para los niños, los días sábados en forma gratuita, en la feria de Villa Biarritz en la zona de las calles Leyenda Patria entre Gonzalo de Orgaz y Caracé;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local de la Zona Nº 5 avala dicha solicitud, observando debidamente las normas de seguridad a regir;
        2º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, responsabilizándose a la solicitante de: a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y de la normativa que regula la realización de espectáculos públicos, así como del horario autorizado, tomar todas las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales, césped y demás instalaciones del espacio, tanto a nivel de superficie, aéreo o subterráneo, prohibiéndosele terminantemente hacer uso de árboles u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberán ajustarse a la normativa vigente y c) realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a la Asociación de Feriantes de Ferias Especiales la instalación de un pelotero para los niños, los días sábados en forma gratuita, en la feria de Villa Biarritz en la zona de las calles Leyenda Patria entre Gonzalo de Orgaz y Caracé, condicionado a que: a) deberá cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y de la normativa que regula la realización de espectáculos públicos, así como del horario autorizado, tomar todas las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) será responsable de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales, césped y demás instalaciones del espacio, tanto a nivel de superficie, aéreo o subterráneo; c) se prohíbe terminantemente hacer uso de árboles u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberán ajustarse a la normativa vigente; d) el pelotero no podrá tener publicidad de ningún tipo y e) deberá realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 5 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-