Resolución N° 3082/10
Nro de Expediente:
1002-008398-10
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
12/7/2010


Tema:
DELEGACIONES

Resumen:
Se delega en el Director General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales las facultades que se indican.-

Montevideo, 12 de Julio de 2010.-
 
        VISTO: que por Resolución Nº 3052/10, de 7 de julio de 2010, se dispuso dejar sin efecto todas las facultades conferidas hasta el presente;
        RESULTANDO: que a efectos de facilitar un rápido diligenciamiento de los múltiples cometidos asignados al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, se estima conveniente delegar en su Director General distintas atribuciones;
        CONSIDERANDO: lo previsto en el artículo 280º de la Constitución de la República;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Delegar en el Director General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, a partir del 8 de julio de 2010, las facultades que a continuación se detallan:
        a) aceptar renuncias al cargo;
        b) dar de baja por límite de edad;
        c) declarar renuncias tácitas por abandono del cargo;
        d) disponer suspensiones sin goce de sueldo por inasistencias reiteradas;
        e) resolver sobre acumulación de tareas docentes;
        f) exceptuar de los topes de horas extras previstos en el artículo R. 175.3 Volumen III del Digesto, al amparo de lo dispuesto en el artículo R. 175.4 del del mismo, hasta un máximo de 80 horas mensuales;
        g) ampliar los cupos para la realización de horas extras hasta un máximo de 200 horas mensuales;
        h) conceder adelantos de licencia anual sobre la ya generada en casos de emergencia o ceses voluntarios;
        i) conceder licencias extraordinarias sin goce de sueldo ni asignaciones complementarias;
        j) conceder licencias médicas por imposibilidad de cumplir tareas;
        k) incorporar, mantener o excluir, del régimen de limitación de tareas, cuando corresponda a los funcionarios que hayan sido examinados por Tribunales Médicos, que así lo aconsejen;
        l) asignar, en base a los Convenios Marcos suscriptos con distintas instituciones hasta un máximo de 10 pasantías por dependencia y sus respectivas prórrogas;
        ll) designar funcionarios para efectuar trámites y cobranzas ante el Banco de Seguros del Estado;
        m) efectuar contrataciones directas conforme al artículo 33º, numeral 3º), literales a) a f) del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado, con comunicación a la Intendenta de Montevideo;
        n) ordenar gastos y disponer pagos por servicios médicos especializados, (partos, prótesis, ecografías y otros que a criterio de la Dirección General tengan una justificación apropiada) hasta el equivalente a 10 (diez) salarios mínimos nacionales;
        ñ) contratar servicios de seguridad policial;
        o) suscribir contratos de arrendamiento de vehículos automotores;
        p) otorgar viáticos a funcionarios que deban trasladarse al interior por razones de servicio, con comunicación, dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas a la Secretaría General;
        q) suscribir los convenios que deban celebrarse con las firmas que resulten adjudicatarias del suministro y confección de lentes para los funcionarios de esta Intendencia;
        r) autorizar el uso de la locomoción oficial fuera de los límites del Departamento de Montevideo;
        s) disponer la realización de investigaciones administrativas;
        t) corregir en el expediente respectivo, los errores formales que se cometen en las Resoluciones dictadas por la señora Intendenta de Montevideo, tales como nombres, apellidos, números de documentos, cargos, grados, domicilios, y demás que se deban a errores de digitación;
        u) disponer el cese de los pases en comisión de los funcionarios de esta Intendencia que retornan en forma definitiva al cumplimiento de sus funciones, ya sea por disposición de los jerarcas de las reparticiones a las que pasaron en comisión o por voluntad expresa de cada funcionario.-
        2. Delegar en el Director General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales la facultad de delegar a su vez en el Director de la División Administración de Personal, las siguientes facultades:
        a) autorizar la realización de horas extras a quienes las tuvieran suspendidas por superar el límite de licencia médica previsto en el Art. R. 175.5 del Digesto;
        b) autorizar las excepciones al régimen establecido en los Arts. R. 180.5 y R. 180.6, en materia de descansos compensatorios;
        c) conceder adelantos de licencia anual sobre la ya generada en casos de emergencia o ceses voluntarios;
        d) conceder licencias médicas por imposibilidad de cumplir tareas;
        e) incorporar, mantener o excluir, del régimen de limitación de tareas, cuando corresponda a los funcionarios que hayan sido examinados por Tribunales Médicos, que así lo aconsejen;
        f) ordenar gastos y disponer pagos por servicios médicos especializados, (partos, prótesis, ecografías y otros) hasta el equivalente a 3 (tres) salarios mínimos nacionales;
        g) resolver sobre acumulación de tareas docentes.-
        3.- Comuníquese a todos los Departamentos, a la Contaduría General, a la División Asesoría Jurídica y pase al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-