Resolución N° 17/05/3000
Nro de Expediente:
5220-039060-04
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
11/1/2005


Tema:
MULTAS - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 34,0532 al Sr. Germán Silva, propietario del establecimiento destinado a casa de inquilinato, sito en la calle Ana Monterroso de Lavalleja No. 2084 (falta de encargado o responsable directo).-

Montevideo, 11 de Enero de 2005.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el establecimiento destinado a casa de inquilinato, sito en la calle Ana Monterroso de Lavalleja No. 2084, propiedad del Sr. Germán Silva, C.I. 1.148.916-0, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, mediante Orden de Servicio No. 303877 de fecha 16/XII/04 se informa que no se pudo realizar la inspección por la falta del encargado o responsable directo;
        2o) que el Sector Hoteles, Pensiones, Inquilinatos y Afines, sugiere la aplicación de una multa de U.R. 34,0532 al titular de obrados por infracción al Decreto No. 27.386 Art. 8 y de acuerdo con el Decreto No. 21.626 de fecha 23/IV/84 (reincidencia);
        3o) que el Servicio Central de Inspección General y la División Región Oeste se manifiestan de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se apliquen por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Descentralización la facultad

        de aplicar multas hasta un monto de U.R. 55
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 34,0532 (Unidades Reajustables treinta y cuatro con quinientas treinta y dos diezmilésimas), al Sr. Germán Silva, C.I. 1.148.916-0, propietario del establecimiento destinado a casa de inquilinato, sito en la calle Ana Monterroso de Lavalleja No. 2084, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada, dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase al Servicio Central de Inspección General para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente.-

DR. MIGUEL FERNANDEZ GALEANO, Director General (I) del Departamento de Descentralización.-