Resolución N° 331/13/1000
Nro de Expediente:
5220-014499-13
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
29/4/2013


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 54 al Sr. Marcelo Manzor, responsable del quiosco fijo ubicado en Av. 18 de Julio esquina Emilio Frugoni.-

Montevideo, 29 de Abril de 2013.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 93/13/2500, de 22/2/13, el Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, dispuso clausurar y suspender las actividades del quiosco fijo ubicado en Av. 18 de Julio esquina Emilio Frugoni, otorgado al Sr. Marcelo Manzor, C.I. 2.567.603-6;
        RESULTANDO: 1o.) que el 18/3/13, por Orden de Servicio No. 278218, el Servicio Central de Inspección General solicita se sancione al propietario del referido local, ya que se comprobó que se encuentra abierto, habiéndose retirado los prescintos y fajas de clausura;
        2o.) que el aludido Servicio señala que corresponde aplicar una sanción de U.R. 54, al amparo del Art. 24 del Decreto No. 21.626, por tratarse de violación de clausura;
        3o.) que el 9/4/13, la Sub Dirección (I) del citado Servicio, eleva las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3092/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55;
        3o.) que la



        Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 54 (UNIDADES REAJUSTABLES CINCUENTA Y CUATRO), al Sr. Marcelo Manzor, C.I. 2.567.603-6, responsable del quiosco fijo ubicado en Av. 18 de Julio esquina Emilio Frugoni, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, al Servicio Gestión de Contribuyentes, al Municipio B, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 y pase al Servicio Central de Inspección General -para la notificación correspondiente- y demás efectos.-

RICARDO PRATO, Secretario General.-