Resolución N° 666/11
Nro de Expediente:
2230-023813-10
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
14/2/2011


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declaran exonerados a los señores Lilián Alejo Luzardo y Fernando Fernández Boggio, al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble de su propiedad, padrón No. 65.776, asiento del Instituto de Enseñanza para Educación Inicial "Mahanaim", por el ejercicio 2010, por lo que la Intendencia dejará de percibir la suma aproximada de $ 10.488,00.

Montevideo, 14 de Febrero de 2011.-
 
        VISTO: la gestión realizada por los señores Lilián Alejo Luzardo y Fernando Fernández Boggio, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad, padrón No. 65.776, ubicado en la Avda. Italia No. 4310, asiento del Instituto de Enseñanza para Educación Inicial "Mahanaim";
        RESULTANDO: 1o.) que los gestionantes adjuntan a obrados certificación notarial donde se acredita la propiedad dominial del inmueble de referencia y fotocopias de habilitación por el Ministerio de Educación y Cultura y de inscripción en el Banco de Previsión Social;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde acceder a la exención solicitada, pues la solicitante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República, en el porcentaje del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales para el referido padrón, por el ejercicio 2010, por lo que esta Intendencia dejará de percibir la suma aproximada de $ 10.488,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo expresado en el informe precedente;
        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros provee de conformidad;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerados a los señores Lilián Alejo Luzardo y Fernando Fernández Boggio, al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble de su propiedad, padrón No. 65.776, ubicado en la Avda. Italia No. 4310, asiento del Instituto de Enseñanza para Educación Inicial "Mahanaim", por el ejercicio 2010, por lo que la Intendencia dejará de percibir la suma aproximada de $ 10.488,00.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-