Resolución N° 1202/02/3000
Nro de Expediente:
5220-015409-02
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
8/10/2002


Tema:
MULTAS - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar multa a la Asociación Uruguaya de Fútbol, sita en la calle Guayabo No. 1531, (por no haber ejecutado el Himno Nacional en la Cancha Miramar Misiones y Rampla Junior).-

Montevideo, 8 de Octubre de 2002.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con un partido de fútbol realizado entre Miramar Misiones y Rampla Juniors, disputado en la Cancha del Parque Viera, del cual es responsable la Asociación Uruguaya de Fútbol, sita en la calle Guayabo No. 1531;
        RESULTANDO: 1o) que en inspección realizada el día 18 de mayo de 2002, se constató según Acta 6105, que en el mismo, no se ejecutó el Himno Nacional, transgrediendo lo dispuesto por el Art. D. 2791 Art. 8o. inc. 10o., del Digesto Municipal, Volumen XIII (De los Espectáculos Públicos);
        2o) que por la infracción constatada y de acuerdo al Decreto Nro. 21.626 de fecha 23 de abril de 1984, corresponde la aplicación una multa de U.R. 16,3250, a la titular de obrados;
        3o) que la División Región Oeste se muestra de conformidad;
        CONSIDERANDO: las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 16,3250 ( Unidades Reajustables dieciséis con tres mil doscientas cincuenta diezmilésimas), a la Asociación Uruguaya de Fútbol, sita en la calle Guayabo No. 1531, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Transcurrido el plazo de 30 ( treinta) días, si la multa permaneciera impaga el Servicio Central de Inspección General comunicará al Servicio de Tesorería a efectos de descontar el importe del depósito de garantía.-
        3.- En caso de que el depósito resultara insuficiente el Servicio Central de Inspección General informará al Departamento de Recursos Financieros, a efectos de gestionar el cobro de la diferencia .
        4o- Pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente.-

ERNESTO DE LOS CAMPOS, Director General del Departamento de Descentralización .-