Resolución N° 226/04/2500
Nro de Expediente:
7300-000548-03
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
7/6/2004


Tema:
PERMISOS ESCAPARATES

Resumen:
SR. MAXIMO PADULA

Montevideo, 7 de Junio de 2004.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la situación del escaparate instalado en la calle Paraguay frente al Nº 1296;
        RESULTANDO: 1o.) que en las mismas el Sr. Máximo Padula solicita autorización para la explotación del referido escaparate;
        2o.) que la Unidad Gestión Comercial informa que con la documentación agregada y atento a lo dispuesto por la normativa vigente, correspondería regularizar la situación del escaparate de que se trata al amparo de lo dispuesto por la Resolución Nº 4958/96, de 26 de octubre de 1996;
        CONSIDERANDO: que la División Promoción Económica eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución, otorgando permiso precario y revocable, estableciendo las condiciones para el funcionamiento de dicho escaparate;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
        RESUELVE:
        1.- Otorgar, al amparo de lo autorizado por Resolución Nº 4958/96 de 22 de octubre de 1996, por vía de regularización, al Sr. MAXIMO PADULA, C.I. Nº 929.606-0, con domicilio en la calle Democracia Nº 2376, Apto. 8, permiso precario y revocable para la explotación de un escaparate ubicado en la calle Paraguay frente al Nº 1296, de acuerdo a las siguientes condiciones:
        a) regirán para el permiso de que se trata, lo dispuesto en el Volumen X del Digesto Municipal, Título I, Capítulo II, Sección II;
        b) de acuerdo a la normativa vigente los rubros permitidos para la venta abarcan: diarios, semanarios, revistas, fascículos, publicaciones, guías turísticas;
        c) deberá renovar el carné de salud cada vez que corresponda;
        d) el permisario deberá abonar:
        cuota mensual................................U.R. 3
        multa por ocupación de espacio público sin autorización.................................U.R. 20
        e) será responsabilidad del permisario la inscripción en todo organismo público que corresponda;
        f) el permiso no podrá ser transferido total ni parcialmente, sin la autorización previa y escrita de la I.M.M., la que se reserva el derecho de aceptar o rechazar el traspaso.
        2.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, al Servicio Central de Inspección General para su notificación, y pase a la División Promoción Económica a sus efectos.

SR. ALBERTO ROSSELLI, Director General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.-