Resolución N° 170/14/5100
Nro de Expediente:
5010-006742-13
 
ADMINISTRACION DE PERSONAL
Fecha de Aprobación:
21/2/2014


Tema:
RECURSOS

Resumen:
Se dispone no hacer lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por el Sr. Mathías Rey, contra el dictamen del Tribunal Médico actuante en el Concurso Abierto de Oposición y Méritos Nº 817-E1/13.

Montevideo, 21 de Febrero de 2014.-
 
          VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio interpuestos por el Sr. Mathías Rey, contra el dictamen del Tribunal Médico actuante en el Concurso Abierto de Oposición y Méritos Nº 817-E1/13, autorizado por Resolución Nº 488/13 de fecha 29 de enero de 2013;
          RESULTANDO: 1º.) que por el mismo se le comunicó que no se encontraba apto para las tareas propias del cargo de la Carrera 3113 - Operador Ambiental, perteneciente al Escalafón Especialista Profesional, Subescalafón Especialista Profesional Práctico E1, Nivel de Carrera V, a fin de realizar tareas en áreas de inspección;
          2º.) que el recurrente se agravia indicando que el dictamen de los médicos se funda en apreciaciones erróneas y subjetivas que de alguna forma determinan una situación de evidente discriminación por obesidad, teniendo en cuenta que las bases del llamado nada decían en relación a requerimientos especiales de peso u otras características físicas;
          3º.) que el Equipo Técnico Asesoría Jurídica del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales informa de fojas 16 a 18 que desde el punto de vista formal los recursos fueron interpuestos dentro del plazo previsto, cumpliendo con los requisitos requeridos y que en lo concerniente al aspecto sustancial, se infiere que no existió de parte del Tribuna Médico acto de discriminación, pues la exclusión del Sr. Rey no obedeció a un criterio irracional o injustificado, sino que se basó en la valoración individual en relación a las tareas específicas del cargo concursado. Agrega que en las bases se consignó expresamente que una vez que el Tribunal estableciera la lista de Prelación, los/as convocados/as a cubrir vacantes, deberían superar las instancias de Evaluación Psicolaboral y Médica, de acuerdo a lo previsto en el Art. D.33, Vol. III del Digesto, que refiere al ingreso de funcionarios a la Intendencia de Montevideo,
          4º.) que sugiere no hacer lugar al recurso interpuesto, franqueando el de apelación en subsidio ante la Sra. Intendenta;
          CONSIDERANDO: que se estima procedente dictar resolución en tal sentido;
          LA DIRECCIÓN DE LA DIVISIÓN
          ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
          RESUELVE:
          1º.- No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por el Sr. Mathías Rey, C.I. 4.664.772, contra el dictamen del Tribunal Médico actuante en el Concurso Abierto de Oposición y Méritos Nº 817-E1/13, autorizado por Resolución Nº 488/13 de fecha 29 de enero de 2013.-
          2º.- Franquear el recurso de apelación en subsidio para ante la Sra. Intendenta.-
          3º.- Pase a la División de Asesoría Jurídica a los fines dispuestos en el numeral anterior.-

Lic. Gabriel ROBAINA, Director (I) de la División Administración de Personal.-