Resolución N° 5302/13
Nro de Expediente:
4111-007410-11
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
18/11/2013


Tema:
MULTAS

Resumen:
Proyecto de Decreto a la Junta Departamental para imponer una multa de 97 U.R. a la Sra. Marisa Josefa Caputto Frescuelo, propietaria del inmueble Padrón Nº 167.306, ubicado con frente a la calle Dr. Alfonso Lamas Nº 5270, por obras realizadas sin el correspondiente permiso.-

Montevideo, 18 de Noviembre de 2013.-
 
        VISTO: las obras sin permiso realizadas en el predio empadronado con el Nº 167.306, ubicado con frente a la calle Dr. Alfonso Lamas Nº 5270, propiedad de la Sra. Marisa Josefa Caputto Frescuelo, C.I. 1.478.289-8;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que, si bien las causas que originaron oportunamente la paralización de las obras han desaparecido y teniendo en cuenta que fueron constatadas oportunamente corresponde aplicar una multa de 97,9506 U.R., de acuerdo con lo que establece el literal A, numeral 4 del Art. 15º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        2º) que el 12/VII/13 se efectuó la correspondiente notificación, según consta a fs. 25 de estas actuaciones, sin que se hayan presentado descargos;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: 1º) que en aplicación de lo preceptuado por el Art. 19º, numeral 30 de la Ley Nº 9.515 de 28/X/35 por multas comprendidas entre 70 U.R. y 350 U.R. corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;
        2º) que de acuerdo con las Resoluciones Nos. 1770/12 del 7/V/12 y 2287/13 del 3/VI/13 se debería aplicar una multa de 97 U.R.
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Autorízase a la Intendencia de Montevideo para imponer una multa de 97 U.R. (noventa y siete unidades reajustables) a la Sra. Marisa Josefa Caputto Frescuelo, C.I. 1.478.289-8, por realizar obras sin el correspondiente permiso en el inmueble de su propiedad, empadronado con el Nº 167.306, ubicado en la calle Dr. Alfonso Lamas Nº 5270, de acuerdo con lo que establece el literal A, numeral 4 del Art. 15º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84.-
        Artículo 2º.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-