Resolución N° 1121/02/3000
Nro de Expediente:
3220-000334-98
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
17/9/2002


Tema:
MULTAS HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19,7880 al establecimiento destinado a papelería y licorería, sito en la calle 25 de Mayo No. 459, propiedad de la firma PORGAL S.A. (reincidencia y contumacia).-

Montevideo, 17 de Setiembre de 2002.-
 
        VISTO: que por Resolución Nro. 596/00/3000, de fecha 05/V/00, se dispuso aplicar una multa de U.R. 14,8410, a la firma Porgal S.A., R.U.C. 213624000014, propietaria del establecimiento destinado a papelería y licorería, sito en la calle 25 de Mayo No. 459, cuyo representante legal es la Sra. Selva Fernández, C.I. 1.168.591-4, con igual domicilio a los efectos legales, por encontrarse en infracción con respecto a las normas vigentes;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que pese a los plazos concedidos y a la sanción aplicada, no se procedió a regularizar la situación, por lo que correspondería aplicar una multa de U.R. 19,7880, según lo que establece la Secc. XIII, Art. 14, Num. 2 y Arts. 21o. y 22o. (reincidencia y contumacia), del Decreto No. 21626;
        2o.) que la Dirección Profesional de este Departamento, sugiere la aplicación de la multa de referencia por no presentar recaudos a su nombre ni ajustar el local a condiciones reglamentarias, a pesar de las intimaciones efectuadas;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas
        hasta un monto de U.R. 55;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19,7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientos ochenta diezmilésimas) a la firma Porgal S.A., R.U.C. 213624000014, propietaria del establecimiento destinado a papelería y licorería, sita en la calle 25 de Mayo No. 459, cuyo representante legal es la Sra. Selva Fernández, C.I. 1.168.591-4, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Departamento, para notificar a la firma infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1.-

SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS , Director General del Departamento de Descentralización .-