Resolución N° 665/12/1000
Nro de Expediente:
3290-002094-11
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
10/10/2012


Tema:
CLAUSURAS

Resumen:
Se clausura el establecimiento comercial destinado a Depósito y Lavado de Baños Químicos, ubicado en Alvarez Cortéz No. 2468, perteneciente a la firma Widon S.A.-

Montevideo, 10 de Octubre de 2012.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el establecimiento comercial destinado a Depósito y Lavado de Baños Químicos, ubicado en Alvarez Cortéz No. 2468, perteneciente a la firma Widon S.A., RUT 21 5342190017;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 8 solicita se clausure el referido local por falta de habilitaciones de Viabilidad de Usos, de los Servicios de Contralor de la Edificación y de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, y de la Dirección Nacional de Bomberos. Se otorgó al interesado un plazo de 10 días para presentar inicio de las habilitaciones sin haber dado cumplimiento a lo intimado;
        2o.) que el 4/10/12, el Municipio E solicita el dictado de resolución de clausura;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución N° 3078/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        2o.) que la Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1. Clausurar el establecimiento comercial destinado a Depósito y Lavado de Baños Químicos, ubicado en Alvarez Cortéz No. 2468, perteneciente a la firma Widon S.A., RUT 21 5342190017, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Establecer que el Servicio Central de Inspección General, al hacer efectiva la clausura, notificará al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrá solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 8, al Servicio Central de Inspección General (Unidad Clausuras) para la notificación correspondiente y pase al Municipio E a sus efectos.-

RICARDO PRATO, Secretario General.-