Resolución N° 3964/02
Nro de Expediente:
4112-012561-01
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
7/10/2002


Tema:
TRAMITE PREVIO

Resumen:
Admitir condicionado depósito de maderas, carpintería, salón de venta y "show room", Gral. Flores Nos. 4779/91, Barraca los Maestros S.R.L..-

Montevideo, 7 de Octubre de 2002.-
 
        VISTO: que Barraca Los Maestros S.R.L. solicita regularizar el establecimiento destinado a depósito de maderas, carpintería, local de venta y "show room", ubicado en los predios empadronados con los Nos 79.403, 79.404, 79.406, 79.410, 79.411 y 163.745, sitos con frentes a la Avda. Gral. Flores Nos. 4779/91 y Carreras Nacionales Nos. 3790/3822/3824;
        RESULTANDO: 1º) que el referido establecimiento fue autorizado, según resolución del Servicio de Contralor de la Edificación del 12/12/97, con un área a construir de 368,65 m2 en el predio empadronado con el Nº 79.410, con una superficie de 418,65 m2;
        2º) que por el presente se declara un área edificada de 2.508,15 m2, sobre una superficie de terreno de 2.623,30 m2;
        3º) que la Junta Local Zonal Nº 11 informa que la actividad desarrollada no provoca riesgo de contaminación y las construcciones están en buenas condiciones y no afectan el entorno urbano;
        4º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones que formular, dado que la carga y descarga no se realiza por la Avda. Gral. Flores;
        5º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) el establecimiento no se ajusta a lo dispuesto por Decreto Departamental Nº 29.118 dado que la escala supera ampliamente el máximo admitido para la zona (1.500 m2) y b) propicia condicionar su autorización de acuerdo con lo informado a fs. 29 de estas actuaciones;
        6º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad, destacando que en cuanto a la aplicación del impuesto a la edificación inapropiada, teniendo en cuenta la zona donde se implanta solamente debería tomarse en cuenta los tres padrones que enfrentan a la Avda. Gral. Flores, de los cuales dos de ellos ya estaban habilitados y el restante está gravado con el 175% sobre la Contribución Inmobiliaria mediante el Permiso de Construcción aprobado por Resolución Nº 3160/01 del 27/VIII/02, por lo que propicia exonerarlo de un nuevo recargo;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que, en atención a los informes favorables, puede accederse a lo solicitado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Admitir, con carácter temporal, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a depósito de maderas, carpintería, local de venta y "show room", ubicado en los predios empadronados con los Nos 79.403, 79.404, 79.406, 79.410, 79.411 y 163.745, sitos con frentes a la Avda. Gral. Flores Nos. 4779/91 y Carreras Nacionales Nos. 3790/3822/3824, propiedad de Barraca Los Maestros S.R.L., condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
        b) todas las operaciones de carga y descarga de mercaderías, así como el estacionamiento de vehículos deberán realizarse dentro del predio y sin perturbar el tránsito vehicular, prohibiéndose expresamente su realización por la Avda. Gral. Flores;
        c) no se trabaje fuera de la jornada diurna de ocho horas de labor;
        d) se cumplan las medidas de prevención contra el fuego aconsejadas por la Dirección Nacional de Bomberos;
        e) no se admitirán futuras ampliaciones de ningún tipo en el establecimiento;
        f) el presente trámite aprueba destinos y áreas del local, no implicando autorización para la construcción en zonas de ensanche y retiros;
        g) se obtenga el certificado del Servicio de Salubridad y
        h) la interesada dentro de un plazo de tres meses, presente la correspondiente habilitación y retire el duplicado de este trámite.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local Zona Nº 11 y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-