Resolución N° 3934/99
Nro de Expediente:
1060-030750-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
18/10/1999


Tema:
MULTAS

Resumen:
Proyecto decreto Junta Dptal., multa 75 U.R., FERRO METAL S.A.,vencimiento plazo autorizado de obra Avda. Agraciada de Marmarajá a la Avda. Gral. Rondeau, San Fructuoso y Jujuy.-

Montevideo, 18 de Octubre de 1999.-
 
        VISTO: la infracción cometida por FERRO METAL S.A., R.U.C. 21 370548 0016 en Avda. Agraciada desde la calle Marmarajá a la Avda. Gral. Rondeau y las calles San Fructuoso y Jujuy;
        RESULTANDO: que la Unidad de Control de Obras en la Vía Pública informa que: a) dicha Empresa infringió lo dispuesto en el Art. D.2241.7 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "Obras" del Digesto Municipal, por vencimiento del plazo autorizado de obra en una superficie de 15m2 y b) de acuerdo con lo establecido por el precitado Artículo del citado cuerpo normativo, corresponde aplicar una multa de 75 U.R.;
        CONSIDERANDO: que en aplicación a lo preceptuado por Resolución Nº 477/87 del 22/I/87 ratificada por Resolución Nº 2.244/94 del 5/VII/94, para las multas comprendidas entre 70 U.R. y 350 U.R., corresponde para su aplicación solicitar anuencia al Deliberativo Comunal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO:
        Artículo 1º.- Autorízase a la Intendencia Municipal de Montevideo para imponer una multa de 75 U.R. (setenta y cinco unidades reajustables ) a FERRO METAL S.A., R.U.C. 21 370548 0016, con domicilio en la calle Mariano Uriarte Nº 6220, por infracción a lo dispuesto en el Art. D.2241.7 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "Obras" del Digesto Municipal, por vencimiento del plazo autorizado de obra en una superficie de 15m2 en la Avda. Agraciada desde la calle Marmarajá a la Avda. Gral. Rondeau y las calles San Fructuoso y Jujuy.-
        Artículo 2º.- Comuníquese.-
        2°.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DR. ALVARO RICHINO, Secretario General (I).-