Resolución N° 513/11
Nro de Expediente:
4001-003671-10
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
3/2/2011


Tema:
CONVENIO-CONTRATO

Resumen:
Aprobar Convenio con la Universidad de la República-Facultad de Ciencias, tareas para conocimiento de potencialidades hídricas subterráneas para la producción y abastecimiento de la Cooperativa de Producción de Ladrillos COVISOCIAL, ubicada en la zona de la calle Cochabamba y el Cno. Felipe Cardoso, en el marco del Proyecto de Cohesión Social en la Cuenca del Arroyo Carrasco.-

Montevideo, 3 de Febrero de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la necesidad de suscribir un Convenio con la Universidad de la República-Facultad de Ciencias, a fin de conocer las potencialidades hídricas subterráneas para la producción y abastecimiento de la Cooperativa de Producción de Labrillos COVISOCIAL en la zona de la calle Cochabamba y el Cno. Felipe Cardoso, en el marco del Proyecto de Cohesión Social y Desarrollo Sustentable en la Cuenca del Arroyo Carrasco;
      RESULTANDO: 1º) que el 25/II/08, se suscribió el Convenio DCI/ALA/2007/19006, por el que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto otorgó a la Intendencia de Montevideo la concesión de una subvención para la ejecución del citado proyecto;
      2º) que el mismo tiene por objeto promover aquellos procesos sociales, económicos, institucionales, territoriales y simbólicos que fortalecen la heterogeneidad y la cohesión social en dicha área, comprendiendo la formación de capital humano y social, promoviendo y articulando la dinámica productiva y el trabajo e integración socio-territorial;
      3º) que en tal sentido se ingresó al SEFI la Solicitud de Preventiva Nº 134088;
      4º) que la División Asesoría Jurídica ha efectuado el correspondiente contralor jurídico formal;
      CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que correspondería la suscripción del



      Convenio motivo de obrados;
      LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
        1º.- Aprobar el siguiente texto del Convenio entre la Intendencia de Montevideo y la Universidad de la República - Facultad de Ciencias:
        PROYECTO DE CONVENIO:
        En la ciudad de Montevideo, el día .............. de .................... de dos mil diez, comparecen: POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo (en adelante la Intendencia), R.U.T. ................, representada por .......... ..........................., con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nº 1360 de esta ciudad y POR OTRA PARTE: la Universidad de la República Oriental del Uruguay - Facultad de Ciencas, en adelante UDELAR/FCIEN, R.U.T. ........................., representada por ..................., con domicilio en ........................., acuerdan celebrar el presente convenio, conforme a las siguientes cláusulas: PRIMERO: ANTECEDENTES.- I) En el marco del Programa de Apoyo Sectorial a la Cohesión Social y Territorial - Uruguay Integra, financiado parcialmente por la Comunidad Europea, según Convenio DCI/ALA/2007/19006, suscrito el 25/II/08, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) otorgó a la Intendencia, la concesión de una subvención para la ejecución de la acción denominada "Cohesión Social y Desarrollo Territorial Sustentable en la Cuenca del Arroyo Carrasco", en adelante CAC, según contrato de subvención Nº 8, firmado el 27/XI/08, refrendado por la Comisión Europea con fecha 19/XII/08, siendo la Intendencia de Canelones, socio y ejecutor de la acción.- Este Proyecto se inscribe en el compromiso del Gobierno Nacional y las Intendencias de Montevideo y Canelones en el logro de objetivos de desarrollo del milenio, de las Naciones Unidas y las metas nacionales y departamentales correspondientes, en el contexto de la lucha contra la pobreza y las desigualdades, por mayores niveles de equidad, con especial énfasis en el inicio de la vida y la niñez.- El emplazamiento territorial de la acción comprende los Departamentos de Montevideo y Canelones.- II) El proyecto tiene por objetivo la promoción de aquellos procesos sociales, económicos, institucionales, territoriales y simbólicos que fortalecen la heterogeneidad y la cohesión social en el área.- Por ello comprende: formación de capital humano y social, promoción y articulación de la dinámica productiva y el trabajo e integración socio-territorial.- Estos componentes se efectivizan mediante un nuevo modelo de gestión centrado en: articulación e interacción de las políticas sociales, económicas y territoriales; atención a las necesidades en conjunto con la sociedad; promoción de mecanismos que integren a los individuos y los grupos a la dinámica social y el sentido de pertenencia a la sociedad; promoción de programas y servicios universales de calidad que descarten la estigmatización y generen legitimidad.- III) La propuesta de trabajo que se plantea se enmarca dentro del programa integral metropolitano, PIM-UDELAR, y las coordinaciones que se vienen realizando con el Proyecto de Cohesión Social en la Cuenca del Arroyo Carrasco, en base a una relación de colaboración que se expresa en trabajos conjuntos.- IV) En esta ocasión surge la necesidad por parte del CAC de trabajar en torno a un proyecto cooperativo de producción de ladrillos con 26 (veintiséis) familias del Municipio E, donde el PIM y la Unidad de Estudios Cooperativos (SCEAM), desde el año 2008, vienen realizando actividades en la zona que une Flor de Maroñas con Carrasco Norte.- V) Por otro lado, la UDELAR/FCIEN, a través de su Unidad de Extensión y Asistencia Académica al Decanato, viene desarrollando tareas de vinculación de los diversos espacios con el PIM, en el marco de su plan de trabajo para el desarrollo de la extensión y la realización de prácticas integrales.- SEGUNDO: OBJETO.- El objeto del presente Convenio consiste en desarrollar, por la UDELAR/FCIEN, tareas que permitan conocer las potencialidades hídricas subterráneas para la producción y el abastecimiento de la Cooperativa de Producción de Ladrillos COVISOCIAL, en la zona de la calle Cochabamba y el Cno. Felipe Cardoso, integrándose a un espacio de aprendizaje conjunto de actores universitarios y otros actores sociales.- Las actividades se centran en articular la participación de los cursos de Hidrogeología y Vulnerabilidad de Acuíferos (Licenciaturas de Geología y Geografía) de la Sección de Recursos Hídricos Subterráneos y Geoquímica de la UDELAR/FCIEN.- TERCERO: DIRECCION Y COORDINACION.- La Dirección, coordinación, seguimiento y control de la ejecución del presente acuerdo, será ejercido por la UDELAR/FCIEN, a través del docente responsable de la Sección de Recursos Hídricos Subterráneos y Geoquímica, la Unidad de Extensión y Asistentes Académicos, el equipo del Programa Integral Metropolitano y por los Coordinadores del CAC.- CUARTO: OBLIGACIONES DE LAS PARTES.- A) Obligaciones de la UDELAR/FCIEN.- Se compromete a: a) participar de la acción propuesta, en particular realizando aportes técnicos en lo referente a la conservación y uso sustentable de los recursos hídricos subterráneos; b) realizar instancias de formación colectiva que involucre docentes, estudiantes y trabajadores sobre las potencialidades y optimización del uso del agua, en conjunto con el PIM; c) determinar la potencialidad y calidad del agua subterránea con el fin de establecer la factibilidad del "Proyecto COVISOCIAL"; d) realizar un inventario de los posibles focos de contaminación, a efectos de establecer los riesgos de degradación de los recursos hídricos; e) integrar a docentes y estudiantes en una propuesta de Gestión Participativa, como respuesta a una demanda concreta de la comunidad; f) brindar asistencia técnica para asegurar la disponibilidad de agua y realizar un acompañamiento del proceso de construcción de una perforación para captación de agua subterránea (ubicación, planificación territorial de la propuesta, aspectos ambientales vinculados a la misma, manejo racional del agua, etc.) y g) integrar los participantes del curso (docentes y estudiantes), de forma complementaria, al proceso colectivo del grupo de ladrilleros, con el fin de generar un vínculo bidireccional a través de actividades grupales, para adquirir conceptos, conocimientos y prácticas relevantes del cuidado, uso y manejo de los recursos hídricos.- En los cursos mencionados se abordará el estudio, monitoreo y seguimiento de un pozo de agua y se articulará la participación de los estudiantes involucrados con cursos y talleres de otros servicios que se desarrollarán en la zona.- Los trabajos de estudio, realización y monitoreo del pozo de agua, permitirán generar un ámbito donde se avance en la integralidad del accionar universitario.- B) Obligaciones de la Intendencia.- Se compromete a: a) aportar la suma de $ 140.000 (ciento cuarenta mil pesos uruguayos), para financiar los materiales y gastos implicados en la realización del pozo de agua; b) articular con otros actores involucrados en el área, el correcto desarrollo de la propuesta y c) evaluar dentro del marco de su competencia, la realización de actividades.- QUINTO: PLAZO Y VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a regir a la firma del mismo y tendrá un plazo máximo de ejecución al 31/XII/10.- SEXTO: RESCISION.- El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de una de las partes, podrá dar lugar al inicio, previa constatación del mismo, a los trámites tendientes a la rescisión de este Convenio por la otra parte.- Se considerará que se ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, la parte incumplidora no lo rectificara a satisfacción de la otra parte dentro del plazo de los 10 (diez) días siguientes, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación.- SEPTIMO: ACUERDOS COMPLEMENTARIOS.- Las partes podrán celebrar entre sí acuerdos complementarios del presente por los cuales regularán ampliaciones en los cometidos o en las obligaciones pactadas.- OCTAVO: MORA AUTOMÁTICA.- La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el sólo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.- NOVENO: COMUNICACIONES.- Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada, si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización.- DECIMO: DOMICILIOS ESPECIALES.- Las partes fijan sus domicilios en los establecidos en la comparecencia.- Para constancia y en señal de conformidad, las partes suscriben el presente en tres ejemplares de igual tenor, en el lugar y fecha arriba indicados.-
        2º.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de suscribir el convenio que se aprueba por el numeral que precede.-
        3º.- Atender la erogación de $ 140.000,oo (ciento cuarenta mil pesos uruguayos) con cargo a la Actividad Presupuestal 301000175, Derivado 559000.-
        4º.- Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Universidad de la República - Facultad de Ciencias, al Departamento de Recursos Financieros y al Servicio de Escribanía y pase al Servicio de Relaciones Públicas, para la fijación de la fecha de la firma del convenio; cumplido, vuelva al Departamento de Acondicionamiento Urbano.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-