Resolución N° 58/05
Nro de Expediente:
9055-019453-04
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
3/1/2005


Tema:
CONVENIO

Resumen:
Se aprueban las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y los Arquitectos Margarita Montañez y Fernando Britos, autores del 1er. fascículo de la "Guía Turística de los Espacios Verdes de Montevideo".-

Montevideo, 3 de Enero de 2005.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y los Arquitectos Margarita Montañez y Fernando Britos, autores del 1er. fascículo de la "Guía Turística de los Espacios Verdes de Montevideo";
      RESULTANDO: 1o.) que dicho fascículo, nominado "El Prado", es el primero de una serie de doce y fue entregado en versión CD, edición completa, a la Dirección del Servicio Imprenta y Reproducciones, en el año 2003;
      2o.) que conforme a lo acordado oportunamente, actualmente se estaría en condiciones, en coordinación con la Corporación Turística de Montevideo, de imprimir el referido fascículo;
      3o.) que se entiende necesario continuar con la co-producción iniciada en el año 2003, entre los citados autores y Corpotur;
      4o.) que por lo expuesto se sugiere se apruebe el proyecto de convenio el cual luce agregado a fs. 3 de estas actuaciones
      CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede

      aprobar las cláusulas del convenio de referencia;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y los Arquitectos Margarita Montañez y Fernando Britos, autores del 1er. fascículo de la "Guía Turística de los Espacios Verdes de Montevideo", en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, a los días del mes de de dos mil , comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: los Arqs. Margarita Montañez, C.I. Nº 608.656-5 y Fernando Britos, C.I. Nº 1.664.021-8, con domicilios en Rbla. República del Perú Nº 825, apto. 701 y San Salvador Nº 2180, apto. 002, respectivamente, quienes convienen lo siguiente:
      PRIMERO-ANTECEDENTES: I) Los arquitectos comparecientes autores de los doce fascículos de la Guía Turística de los Espacios Verdes de Montevideo, acordaron con la Corporación Turística de Montevideo la coproducción del primer fascículo de dicho trabajo denominado "El Prado". II) En base a dicho pre-acuerdo los citados profesionales realizarán a su costo el relevamiento de datos, el diseño y la impresión digital de la edición en un CD pronto para imprimir, según las especificaciones técnicas brindadas por el Servicio Imprenta y Reproducciones. La IMM, a través de esta dependencia y la CORPOTUR, procederá a imprimir dos mil ejemplares para su venta. III) El presente convenio se enmarca dentro de lo previsto en el Título III "Del procedimiento en materia de derechos autorales de la Intendencia Municipal de Montevideo" en l Capítulo "De los derechos autorales", Volumen II del Digesto Municipal.
      SEGUNDO- OBJETO: El objeto del presente acuerdo es determinar las condiciones a regir en la co-producción del primer fascículo de la "Guía Turística de los Espacios Verdes de Montevideo" denominado "El Prado", cuyos autores son los arquitectos comparecientes.

      TERCERO-OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
      I) Obligaciones de la Intendencia Municipal de Montevideo: La IMM se compromete a:
      a) Imprimir en el Servicio de Imprenta y Reproducciones 2.000 (dos mil) ejemplares del citado fascículo, con tapa y páginas centrales a color, formato: guía turística.
      b) Encargarse a través de la CORPOTUR, de la publicidad y distribución del mismo.
      c) Abonar a los profesionales firmantes el 10% de las ventas de los 2.000 ejemplares que se produzcan. Esta suma se liquidará y abonará mensualmente a los mismos.
      d) Entregar a los arquitectos comparecientes 200 ejemplares para su distribución en forma gratuita.
      e) Mencionar el nombre de los autores del trabajo en la edición del fascículo en cuestión.
      II) Obligación de los arquitectos firmantes:
      -Realizar a su costo el relevamiento de datos, el diseño y la impresión digital en un CD para la edición del fascículo de referencia.
      -Entregar dicho material a la IMM - Servicio Imprenta y Reproducciones.
      CUARTO: Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 3ª, apartado I, lit. c), se acuerda que la titularidad de los derechos autorales de carácter patrimonial emergentes de la obra "El Prado" comprendida en la "Guía Turística de los Espacios Verdes de Montevideo" recae en la IMM.
      QUINTO: En caso de incumplimiento, cualquiera de las partes podrá rescindir el presente convenio.
      De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
      2.- Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
      3.- Comuníquese a la Secretaría General; a la División Turismo y Recreación; a los Servicios Prensa y Comunicación, Escribanía y Relaciones Públicas; a la Unidad Convenios; y pase - por su orden - al Departamento de Cultura para la suscripción del convenio de referencia y a la Corporación Turística, a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-